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02- Solicitud de inscripción registro único de contribuyentes (RUC), persona jurídica.
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Copia de cédula o generales de pasaporte vigente del representante legal o quien ostente la representación legal
Constancia de inscripción emitida por el Registro Público de Panamá, ya sea pacto social y copia de constancia
de inscripción o certificación emitida por el Registro Público de Panamá
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
Este proceso será aprobado automáticamente desde el momento en que se presenta la solicitud.
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03- Solicitud de inscripción número tributario (NT), persona natural extranjera: Independiente,
servicios profesionales o asalariados.
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Copia de generales de pasaporte vigente
Movimiento migratorio en original vigente, emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad
Documento que muestre que la persona solicitante, ha percibido o devengado ingresos gravables sujetos al pago
de impuestos (Contrato notariado, facturas, entre otros), en caso de no contar con este documento,
podrá presentar una certificación de un contador público autorizado que certifique que la persona ha recibido ingresos gravables sujetos al pago de impuestos.
Trámite gratuito
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa - e-Tax2.0.
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04- Solicitud de inscripción número tributario (NT), persona natural extranjera: Venta de inmueble.
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Copia de generales de pasaporte vigente del vendedor
Copia de cédula o generales de pasaporte vigente del comprador
Contrato de compraventa de inmueble notariado, firmado por el vendedor y el comprador. Debe estar en idioma español;
de lo contrario, debe ser traducido por un traductor público autorizado y apostillado
Trámite gratuito
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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05- Solicitud de inscripción número tributario (NT), persona natural extranjera: Compra de acciones.
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Copia de generales de pasaporte vigente del comprador
Copia de cédula o generales de pasaporte vigente del vendedor
Contrato de compraventa de acciones notariado, firmado por el vendedor y comprador. El documento debe estar en idioma español;
de no ser así, deberá ser traducido por un traductor público autorizado y apostillado
Trámite gratuito
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
El contrato firmado por el representante legal o el que designe la junta directiva a través de un acta.
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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06- Solicitud de inscripción número tributario (NT), persona jurídica constituidas en el extranjero.
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Copia de generales de pasaporte vigente del representante legal
Certificado de constitución de la sociedad y su representación legal del país de origen, apostillado.
El documento debe estar en idioma español; de no ser así, deberá ser traducido por un traductor público autorizado y apostillado
Poder o solicitud debidamente firmada por el representante legal, según el artículo 170 del Código de Procedimiento Tributario (CPT)
Trámite gratuito
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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07- Solicitud de inscripción número tributario (NT), persona jurídica extranjera: compra de acciones.
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Copia de generales de pasaporte vigente del comprador, o quien ostente la representación legal
Copia de cédula o generales del pasaporte vigente del vendedor o quien ostente la representación legal
Certificado de constitución de la sociedad o documento emitido por la autoridad competente del país de origen de la sociedad, debidamente legalizada y que demuestre la existencia, representación legal de la sociedad.
El documento debe estar en idioma español, de no ser así; deberá ser traducido por un traductor público autorizado y apostillado
Contrato de compraventa de acciones notariado, firmado por el representante legal.
Debe estar en idioma español; de lo contrario debe ser traducido por un traductor público autorizado
Poder o solicitud debidamente firmada por el representante legal, según el artículo 170 del Código de Procedimiento
Tributario (CPT)
Trámite gratuito
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
El contrato firmado por el representante legal o el que designe la junta directiva a través de un acta.
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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09- Solicitud de número tributario (NT), persona jurídica: Fideicomiso inmueble.
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Contrato de fideicomiso notariado
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal o persona que comparece como fideicomitente
Poder o solicitud debidamente firmada por el representante legal, según el artículo 170 del Código de Procedimiento Tributario (CPT)
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0
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10- Solicitud de número tributario (NT), persona jurídica: Fideicomiso por mueble.
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Poder o solicitud debidamente firmada por el representante legal según artículo 170 del CPT
Escritura pública o contrato de fideicomiso del bien mueble
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal o persona que comparece
Copia de cédula o pasaporte vigente del comprador y vendedor
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0
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11- Solicitud de número tributario (NT), entidades estatales.
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Copia de ley o decreto de constitución de la entidad
Copia de cédula vigente del director de la entidad
Solicitud firmada por el director o persona asignada encargada de la entidad estatal
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0
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12- Solicitud de número tributario (NT), organismos internacionales.
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Memorial dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando el Número Tributario (NT),
indicando el nombre del beneficiario y firmada por la entidad del estado contratante
Copia de cédula vigente del directivo de la entidad estatal
Copia de las generales de pasaporte del que represente al organismo internacional
Documento que vincula la entidad estatal con el organismo internacional
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0
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13- Solicitud de número tributario (NT), cooperativas.
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Certificado del Instituto Panameño Autónomo Cooperativo, (IPACOOP), donde consta que está debidamente inscrita
Copia de cédula vigente del representante legal
Incluir certificación del contador público autorizado (CPA), si declara más de B/. 11,100.00
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0
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14- Solicitud de número tributario (NT), sindicatos.
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Copia de la resolución o certificación que creó el sindicato en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
Copia de cédula vigente del representante legal
Incluir certificación del contador público autorizado (CPA)
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0
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15- Solicitud de número tributario (NT), partidos políticos.
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Copia de la resolución o certificación que lo creó en el Ministerio de Gobierno, Tribunal Electoral de Panamá o la Institución que le otorga su personería jurídica
Copia de cédula vigente del representante legal
Incluir certificación del contador público autorizado (CPA), si declara más de B/. 11,100.00
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0
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16- Solicitud de número tributario (NT), consorcios o sociedades sin personería jurídica.
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Certificado o pactos de constitución de las empresas que conforman el consorcio
Acta o convenio donde se demuestre la creación del consorcio
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal de la sociedad líder
Copia de cédula o pasaporte vigente de las personas que representan a las empresas
que conforman el consorcio (si aplica)
Poder o solicitud debidamente firmada por el representante legal,
según el artículo 170 del Código de Procedimiento Tributario (CPT)
Trámite gratuito
Esta Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0
El certificado o pacto de constitución y el contrato deben de estar en idioma español de no ser así, este debe estar traducido
por un traductor público autorizado y apostillado
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20- Solicitud de paz y salvo jurídico.
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El certificado de paz y salvo jurídico es emitido únicamente
a través del sitio web de la Dirección General de Ingresos (DGI) dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. No puede realizarse de forma presencial
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24- Presentación compra de acciones.
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Contrato de compra de acciones. En caso de estar
en otro idioma debe ser traducido por un traductor público autorizado; este debe estar apostillado o autenticado
Si es una sociedad constituida en el extranjero, se debe presentar Pacto de Constitución
apostillado o autenticado y si el Pacto de Constitución está en otro idioma, debe estar traducido por un traductor público autorizado
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal (comprador/vendedor)
Formulario 108 de Compra de Acciones firmada por el comprador
Original y copia de recibo de pago de la retención Impuesto sobre la renta-venta de valores
Certificado de Registro Público de la sociedad, con detalle del agente residente y si el agente
residente es una sociedad civil; su correspondiente certificado, identificaciones, siempre que no se puedan validar con la base de datos del TE
Trámite gratuito
Si es una sociedad constituida en el extranjero, la misma debe hacer sido inscrita en la Dirección General de Ingresos.
El formulario de compra de acciones debe registrarse en línea y ser presentado presencialmente con los documentos aquí descritos.
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax 2.0
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25- Descuento 10% inmueble pago adelantado.
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El pago de la anualidad que se realice dentro de los 4 primeros meses del primer cuatrimestre;
es decir, a más tardar el último día del mes de abril del año fiscal,
tendrá un beneficio del 10% de descuento del impuesto de inmuebles al contribuyente, ya sea persona natural o persona jurídica
Trámite gratuito
Para gozar de este beneficio el contribuyente deberá cancelar el 90% del impuesto de inmueble anual.
No tener morosidad de años anteriores. Si la tiene, debe pagarla primero antes de pagar la anualidad para que el sistema pueda contemplar el descuento.
El pago lo podrá realizar en los bancos recaudadores afiliados, por medio del e-Tax 2.0, utilizando tarjetas de crédito y débito o presencialmente
en las cajas de la Dirección General de Ingresos (DGI)
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26.1- Patrimonio Familiar Tributario - Natural - Cónyuges.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar
debidamente actualizado en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales.
Certificado de matrimonio. Para el caso de extranjero, se requiere aportar
el certificado de matrimonio reconocido en la República de Panamá. (Vigente)
Copia del recibo del pago de los timbres fiscales del Certificado de Matrimonio (Código 306)
Copia de cédula vigente o pasaporte del propietario de la finca
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido
por el Registro Público de Panamá, donde consten las generales de la finca, las cuales deberán estar actualizadas ante la Autoridad Nacional de Tierras
Constancia de inscripción de Registro Público (para viviendas registradas de octubre del 2014 en adelante)
*No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.2- Patrimonio Familiar Tributario - Natural - Cónyuges con hijo(s) menor (es).
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto
a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Copia de cédula vigente o pasaporte del propietario de la finca
Certificado de nacimiento del hijo o hijos del beneficiario. (Vigente)
Copia del recibo de pago de los timbres de los certificados. (Código 306)
Certificado de matrimonio. Para el caso de extranjero, se requiere aportar
el certificado de matrimonio en el que conste la inscripción del mismo en la República de Panamá. (S) L
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido
por el Registro Público de Panamá, donde consten las generales de la finca, las cuales deberán estar actualizadas ante la Autoridad Nacional de Tierras
Constancia de inscripción de Registro Público (para viviendas de octubre del 2014 en adelante)
*No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.3- Patrimonio Familiar Tributario - Natural - Padre o madre solteros con hijo(s) menor(es).
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado
en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
En el supuesto de hijos menores con la designación de un tutor, se deberá aportar sentencia emitida por el Juzgado de Familia
Copia de cédula vigente o pasaporte del propietario de la finca
Certificado de nacimiento del hijo o hijos del beneficiario
Copia del recibo de pago de los timbres fiscales del Certificado de Nacimiento. (Código 306)
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado
original emitido por el Registro Público de Panamá, donde consten las generales de la finca
Constancia de inscripción del Registro Público (para viviendas de octubre 2014 en adelante)
La finca debe estar actualizada en ANATI
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.4- Patrimonio Familiar Tributario - Natural - Para ascendientes y colaterales
para sí y sus descendientes y parientes menores.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente
actualizado en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Copia de cédula vigente del propietario de la finca
Certificado de nacimiento en caso de colaterales
Certificado de nacimiento de los menores
Copia del recibo de pago de los timbres fiscales del Certificado de nacimiento. (Código 306)
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca, las cuales deberán estar actualizadas ante la Autoridad Nacional de Tierras
Constancia de inscripción del Registro Público (para viviendas de octubre 2014 en adelante)
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.5- Patrimonio Familiar Tributario - Natural – Jubilado.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado
en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Solicitud Simple, acompañada de una declaración jurada, en la que detalle la utilización
que se le dará a la vivienda que se constituirá en patrimonio familiar tributario o la vivienda principal
Copia de cédula de identidad personal vigente
Copia del carnet de jubilado de la Caja del Seguro Social
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido
por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca, las cuales deberán estar actualizadas ante la Autoridad Nacional de Tierras
Constancia de inscripción del Registro Público (para viviendas de octubre 2014 en adelante)
*No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.6- Patrimonio Familiar Tributario - Natural – Pensionado.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto
a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Solicitud Simple, acompañada de una declaración jurada, en la que detalle la utilización que se le dará a la vivienda que se constituirá en patrimonio familiar tributario o la vivienda principal
Copia de cédula de identidad personal vigente
Copia del carnet de pensionado o en su defecto, talonario de pago de pensión,
emitido por la Caja de Seguro Social
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido
por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca
Constancia de inscripción del Registro Público (para viviendas de octubre de 2014 en adelante)
La finca debe estar actualizada en ANATI
*No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.7- Patrimonio Familiar Tributario - Natural - Jubilado Extranjero.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto
a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Solicitud Simple, acompañada de una declaración jurada, en la que detalle la utilización que se le dará a la vivienda que se constituirá en patrimonio familiar tributario o la vivienda principal
Copia de cédula de residente vigente, en caso de extranjeros
Certificación del país de procedencia donde se acredite la condición de jubilado, debidamente legalizada y en idioma español, en el caso de los extranjeros residentes
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca, las cuales deberán estar actualizadas ante la Autoridad Nacional de Tierras
Constancia de inscripción de Registro Público (para viviendas del octubre de 2014 en adelante)
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.8- Patrimonio Familiar Tributario – Jurídico – Sociedad Anónima.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe
estar debidamente actualizado en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Copia de cédula vigente del representante legal
Certificado original vigente del Registro Público donde conste la vigencia, dignatarios y representación legal de la sociedad
Certificación del Contador Público Autorizado, en la que se indique que los miembros de la familia, beneficiarios de la sociedad, cuentan con el 100% de las acciones de la misma
Declaración jurada de los accionistas en la que se indique que el inmueble es su patrimonio familiar tributario
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde consten las generales de la finca, las cuales deberán estar actualizadas ante la Autoridad Nacional de Tierras
Constancia de inscripción de la finca en el Registro Público (para viviendas de octubre del 2014 en adelante)
Copia de cédula vigente y copia del carnet de idoneidad del Contador Público Autorizado
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.9 - Patrimonio Familiar Tributario - Jurídico - Fundación de Interés Privado.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto
a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Copia del Acta Fundacional
Declaración Jurada
En el caso del patrimonio familiar tributario o la vivienda principal a nombre de una fundación de interés privado, los fundadores, deberán certificar mediante declaración jurada notarial la identidad completa de los beneficiarios de dicho inmueble
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde consten las generales de la finca
Constancia de inscripción del Registro Público (para viviendas de octubre de 2014 en adelante)
La finca debe estar actualizada en ANATI
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.9 10- Patrimonio Familiar Tributario - Jurídico – Fideicomiso.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Solicitud simple
Declaración jurada, por parte del fiduciario del bien inmueble, en la que se detalle la utilización que se le dará a la vivienda que se constituirá en patrimonio familiar tributario o la vivienda principal
Autorización del Fideicomitente, debidamente notariada, mediante la cual da su consentimiento, para que el Fiduciario solicite el beneficio del Patrimonio Familiar Tributario o la Vivienda Principal
Copia del acta de constitución del fideicomiso
Declaración jurada notariada, donde consten los miembros fundadores y beneficiarios finales
Copia simple de las dos primeras y las dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca, las cuales deberán estar actualizadas ante la Autoridad Nacional de Tierras
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.9 11- Vivienda Principal - Natural - Mayor de edad que viva sólo o con otros mayores de edad.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Copia simple de las dos primeras y las dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca, las cuales deberán estar actualizadas ante la Autoridad Nacional de Tierras
Constancia de inscripción en el Registro Público (para viviendas de octubre de 2014 en adelante)
Copia de cédula vigente del propietario (s) de la finca
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.9 12- Vivienda Principal - Natural - Viudos que vivan solos o con otro mayor de edad.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Certificado de defunción del cónyuge fallecido
Copia de cédula vigente del propietario de la finca
Copia de Auto o Sentencia de Adjudicación de bienes o declaratoria de heredero(s)
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original
emitido por el Registro Público de Panamá, donde consten las generales de la finca
Constancia de inscripción en Registro Público (para viviendas de octubre de del 2014 en adelante)
La finca debe estar actualizada en ANATI
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.9 13- Vivienda Principal - Natural – Jubilado.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Copia del carnet de jubilado de la Caja del Seguro Social
Copia de cédula de identidad personal vigente
Solicitud Simple, acompañada de una declaración jurada, en la que detalle la utilización que se le dará a la vivienda que se constituirá en Patrimonio Familiar Tributario o la Vivienda Principal
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca, las cuales deberán estar actualizadas ante la Autoridad Nacional de Tierras
Constancia de inscripción en el Registro Público (para viviendas de octubre de 2014 en adelante)
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.9 14- Vivienda Principal - Natural – Pensionado.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Copia de cédula de identidad personal vigente
Solicitud Simple, acompañada de una declaración jurada, en la que detalle la utilización que se le dará a la vivienda que se constituirá en Patrimonio Familiar Tributario o la Vivienda Principal
Copia del carnet de pensionado o en su defecto, talonario de pago de pensión, emitido por la Caja de Seguro Social
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca, las cuales deberán estar actualizadas ante la Autoridad Nacional de Tierras
Constancia de Inscripción en el Registro Público (para viviendas de octubre del 2014 en adelante)
La finca debe estar actualizada en ANATI
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.9 15- Vivienda Principal - Natural - Jubilado Extranjero.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Solicitud Simple, acompañada de una declaración jurada, en la que detalle la utilización que se le dará a la vivienda que se constituirá en patrimonio familiar tributario o la vivienda principal
Certificación del país de procedencia donde se acredite la condición de jubilado, debidamente legalizada y en idioma español, en el caso de los extranjeros residentes
Copia de cédula vigente de residente, en caso de extranjeros
Copia simple de las dos primeras y las dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde consten las generales de la finca
Constancia de inscripción del Registro Público (para viviendas de octubre 2014 en adelante)
La finca debe estar actualizada en ANATI
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.9 16- Vivienda Principal - Jurídico – Fideicomiso.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Solicitud simple
Declaración jurada, por parte del fiduciario del bien inmueble, en la que se detalle la utilización que se le dará a la vivienda que se constituirá en Patrimonio Familiar Tributario o la Vivienda Principal
Declaración jurada notariada donde consten los miembros fundadores y beneficiarios finales
Autorización del Fideicomitente, debidamente notariada, mediante la cual da su consentimiento, para que el Fiduciario solicite el beneficio del patrimonio familiar tributario o la vivienda principal
Copia del acta de constitución del fideicomiso
Copia simple de las dos primeras y las dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste las generales de la finca, las cuales deberán estar actualizadas ante la Autoridad Nacional de Tierras
Constancia de inscripción de Registro Público (para viviendas de octubre de 2014 en adelante)
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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26.9 17- Vivienda Principal - Jurídico - Fundación de Interés Privado.
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Para iniciar la solicitud de Patrimonio Familiar o Vivienda Principal, el inmueble debe estar debidamente actualizado en cuanto a datos del o los propietarios y sus correspondientes valores catastrales
Copia del Acta Fundacional
Declaración Jurada
En el caso del patrimonio familiar tributario o la vivienda principal a nombre de una fundación de interés privado, los fundadores, deberán certificar mediante declaración jurada notarial la identidad completa de los beneficiarios de dicho inmueble
Copia simple de las dos primeras y dos últimas páginas de la escritura pública o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, donde consten las generales de la finca
Constancia de inscripción del Registro Público (para viviendas de octubre de 2014 en adelante)
La finca debe estar actualizada en ANATI
* No se aceptará impresión del Registro Público para fines informativos
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27- Solicitud de inscripción número tributario (NT) persona natural extranjera: Solicitada por el Estado (proveedor del Estado).
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Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); donde explique la relación de la persona natural con la entidad estatal
Copia de cédula vigente del directivo de la entidad estatal
Documentación que vincula a la entidad estatal con la persona natural extranjera (documento de adjudicación del contrato, orden de compra, propuesta preliminar)
Trámite gratuito
El contrato, orden de compra, cotización, propuesta preliminar, debe estar en idioma español; de no ser así, este debe estar traducido por un traductor público autorizado, el pasaporte que se solicita es de las generales de este, la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo
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28- Solicitud de inscripción número tributario (NT) persona jurídica extranjera: Solicitada por el Estado (proveedor del Estado).
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Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); donde explique la relación de la persona natural con la entidad estatal
Copia de cédula vigente del directivo de la entidad estatal
Copia de pasaporte del representante legal, vigente
Pacto, certificado o documento emitido por la autoridad competente del país de origen de la sociedad, debidamente legalizado y que demuestre la existencia, representación legal de la sociedad. El documento debe estar en idioma español; de no ser así, deberá ser traducido al español por un traductor público autorizado y apostillado
Certificado o pacto de constitución de la sociedad del país de origen de la sociedad
Copia de último recibo de pago de un servicio público o privado (agua, luz, teléfono, cable u otro), del domicilio del contribuyente o de un tercero, (si aplica) o nota por parte de la entidad, que valide la ubicación que registra la persona natural
Trámite gratuito
El contrato, orden de compra, cotización, propuesta preliminar, debe estar en idioma español; de no ser así, este debe estar traducido por un traductor público y apostillado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo, la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
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30- Solicitud de corrección de pagos, persona natural y persona jurídica.
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Copia de cédula o pasaporte del contribuyente, vigente
Copia de la boleta de pago a corregir o aplicar
Memorial explicativo original dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); firmado por el contribuyente solicitando la corrección del pago (Opcional)
Trámite gratuito
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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32- Solicitud de corrección de pago de tasa única.
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Copia de boleta de pago
Memorial explicativo original dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), que detalle la situación presentada en su Tasa Única (Opcional)
Trámite gratuito
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0
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33- Solicitud de aplicación de la primera tasa única del registro público.
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Copia de la boleta de pago de la primera Tasa Única de Registro Público
Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), que detalle la situación presentada en su Tasa Única (Opcional)
Trámite gratuito
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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35- Solicitud de eliminación de multa de rehabilitación de sociedades.
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Resolución emitida por el Departamento Jurídico Tributario de la DGI con los debidos sellos de notificación
Memorial explicativo debidamente firmado por el representante legal (Opcional)
Trámite gratuito
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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36- Solicitud de anulación declaración de inmueble 106 y 107, persona natural y persona jurídica.
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Memorial explicativo debidamente firmado por el representante legal o vendedor en caso de persona natural dirigido a la DGI donde debe detallar los números de los formularios anteriores a anular, indicando de igual manera que exime a la DGI de cualquier reclamo futuro
Copia de cédula de la persona que firma el memorial
Trámite gratuito
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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37- Solicitud de anulación declaraciones de renta, ITBMS, remesas, compra de acciones.
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Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); firmado por el contribuyente indicando el documento a anular
Copia de cédula o pasaporte del representante legal, vigente
Copia de la boleta de pago a corregir o aplicar, en el caso que sea necesario
Presentar la declaración correcta para proceder a la anulación
Trámite gratuito
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0 (Corrección de Cuenta Corriente).
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38- Solicitud de anulación declaración de dividendos.
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Memorial explicativo original dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), firmado por el representante legal de la sociedad solicitando la anulación
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Acta de junta directiva actualizada de la distribución de dividendos
Trámite gratuito
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. (Corrección de Cuenta Corriente)
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39- Solicitud de corrección declaración de impuesto sobre la renta por error en el encabezado, persona natural y persona jurídica.
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Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la modificación del encabezado de la declaración, firmada por el contribuyente o representante legal, en caso de persona jurídica
Copia de cédula o pasaporte vigente del que firma el memorial
Trámite gratuito
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Solo aplicaría a periodos que por ley no se permite realizar Declaraciones Rectificativas.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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40- Solicitud de corrección declaración de impuesto sobre la renta por retención de salario.
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Memorial explicativo, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), firmado por el contribuyente; solicitando la corrección de las líneas de retención de salarios y menos retención de salario en la declaración de impuesto sobre la renta
Copia de cédula o pasaporte vigente del contribuyente
Certificado de salario emitido por el patrono
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Solo aplicaría a periodos que por ley no se permite realizar declaraciones rectificativas.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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41- Solicitud de corrección declaración de impuesto sobre la renta por error de aplicación de aviso de operaciones.
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Memorial explicativo, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), firmada por el contribuyente; solicitando la corrección de la línea de aviso de operaciones, solicitando la corrección de la declaración de impuesto sobre la renta
Copia de cédula o pasaporte vigente del contribuyente
Certificado emitido por el Ministerio de Comercio e Industria (MICI), que indique que no posee aviso de operaciones, emitido por el Ministerio de Comercio e Industria (MICI)
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
Solo aplicaría a periodos que por Ley no se permite realizar Declaraciones Rectificativas.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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42- Declaración jurada de adopción de solicitud de factura electrónica.
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Toda persona natural o jurídica que desee acogerse al uso de Factura Electrónica ante la Dirección General de Ingresos, deberá realizar su registro en el sistema de Factura Electrónica de Panamá. Este se llevará a cabo a través del formulario de declaración jurada de adopción de SFEP puesto a disposición desde el sistema de eTax2.0
A fin de completar la declaración anteriormente mencionada, debe brindar la siguiente información:
1 Sección de tipo de servicio a utilizar en factura electrónica
- 1 Facturador gratuito
- 2. Datos actualizados
- 2.1 Razón social
- 2.2 Nombre comercial
- 2.3 RUC
- 2.4 DV
- 2.5 Número de aviso de operaciones de las actividades que por norma lo requieran
- 2.6 Fecha de inicio de operaciones
- 2.7 Actividades económicas u ocupación
- 2.8 Número de sucursales
- 3. Cantidad de equipos fiscales
- 4. Promedio mensual de facturas emitidas
- 5. Tipo de negocio
- 5.1 Venta de negocio entre empresas
- 5.2 Venta al consumidor final
- 5.3 Ambos
- 6. Tipo de establecimiento
- 6.1 Físico
- 6.2 Tienda virtual
- 6.3 Ambos
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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43- Apoderado para retiro de firma electrónica.
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Todo contribuyente que requiera el uso de factura electrónica mediante la modalidad de proveedor autorizado calificado deberá completar el formulario con la información declarada, de la persona que autoriza para retiro de firma electrónica; con esta declaración inicia el proceso de solicitud de firma electrónica información general del apoderado
- 1. Tipo de relación
- 1.1 Tipo de identificación (cédula o pasaporte)
- 1.2 Fechas (desde – hasta)
- 1.3 Nombre
- 1.4 Apellidos
- 2. Información de identificación del apoderado
- 2.1 País de expedición
- 2.2 Fecha de expedición
- 2.3 Fecha de vencimiento
- 3. Información de dirección del apoderado
- 3.1 Provincia
- 3.2 Distrito
- 3.3 Corregimiento
- 3.4 Barrio
- 3.5 Calle o avenida
- 3.6 Nombre del edificio
- 3.7 Número de casa / apartamento
- 3.8 Dirección descriptiva
- 4. Información de contacto del apoderado
- 4.1 Telefóno
- 4.2 Teléfono móvil
- 4.3 Fax
- 4.3 Correo electrónico
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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44- Afiliación Contribuyente Confirmación PAC.
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Dentro de los plazos otorgados y una vez culminadas las pruebas de certificación, el usuario emisor autorizado, deberá asegurarse de que el PAC informe a través del servicio web de afiliación; para que este sea habilitado como emisor de factura electrónica.
Una vez se haya realizado este paso, el contribuyente deberá ingresar al sistema eTax2.0 a realizar la confirmación de afiliación PAC; método bajo el cual se perfeccionará la condición de usuario emisor de factura electrónica; y a su vez, confirmará a esta dirección la información referente a los PAC´S con los que estará trabajando.
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0.
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45- Excepciones: Solicitud de excepción SFEP por volumen o naturaleza de la actividad.
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Toda persona natural o jurídica con actividades comerciales o industriales diversificadas, o con un giro de negocio masivo; cuya adopción de este método de facturación sea complejo por la razón de su diseño, creación implementación e integración; en cuanto a su modo y tiempo; podrán hacer solicitud de excepción de uso de este, a través de la presentación del siguiente formulario en el sistema e-Tax2.0
- 1. Datos actualizados
- 1.1 Razón social/nombre
- 1.2 Nombre comercial
- 1.3 RUC
- 1.4 DV
- 1.5 Número de Aviso de Operaciones de las actividades que por norma lo requieran
- 1.6 Fecha de inicio de operaciones
- 1.7 Actividades económicas u ocupación
- 1.8 Número de sucursales
- 2. Cantidad de equipos fiscales
- 3. Promedio mensual de factura emitida
- 4. Tipo de negocio
- 4.1 Ventas de negocio entre empresas
- 4.2 Venta al consumidor final
- 4.3 Ambos
- 5. Plazo propuesto
Adicionalmente, los contribuyentes deberán adjuntar a este formulario, un informe que deberán contener las siguientes especificaciones:
- 1. Descripción de la naturaleza o volumen de la actividad
- 2. Condiciones operativas y/o técnicas que limitan al contribuyente en la implementación de los métodos de facturación, por complejidad de la naturaleza o volumen de la actividad
- 3. Propuesta de cronograma de implementación, el cual debe detallar por fases, la incorporación al método de facturación, con definición de la fecha de inicio de implementación del método de facturación
- 4. En los casos de contribuyentes que se acojan al sistema de factura electrónica de Panamá; se debe indicar el Proveedor Autorizado Calificado (PAC), que haya sido contratado para la utilización del sistema de factura electrónica de Panamá.
La excepción de uso de este método de facturación, estará bajo este aspecto, estará sujeta a resultado del análisis realizado para cada contribuyente; el cual será notificado por resolución emitida por esta dirección. El plazo de implementación, que sea concedido por esta dirección es improrrogable.
Trámite gratuito
Esta solicitud solo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa-e-Tax2.0.
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46- Excepciones: Solicitud de excepción SFEP por no conectividad.
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Toda Persona natural o jurídica que en su domicilio declarado en el registro único de contribuyente (RUC), no posee acceso al servicio de internet, considerando cualesquiera de las modalidades disponibles en el mercado de Panamá
Los contribuyentes deberán proporcionar las siguientes información
- 1. Datos actualizados
- 1.1 Razón social/nombre
- 1.2 Nombre comercial
- 1.3 RUC
- 1.4 DV
- 1.5 Actividades económicas u ocupación
- 1.6 Número de sucursales
- 2. Promedio mensual de facturas emitidas
- 3. Domicilio
- 3.1 Provincia
- 3.2 Distrito
- 3.3 Corregimiento
- 3.4 Calle o avenida
- 3.5 Edificio
- 3.6 Número de casa, apartamento o local
- 3.7 Dirección descriptiva
La excepción de uso de este método de facturación bajo este aspecto tendrá una vigencia de 6 meses contados, desde la presentación de la declaración jurada.
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47- Solicitud de autorización para PAC.
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Las personas jurídicas que deseen obtener una autorización de operación como PAC deberán presentar a la DGl, una solicitud de inscripción a través de la página web de la DGI, con los siguientes requisitos:
Certificado vigente de Registro Público de Panamá
Fotocopia de cédula de identidad personal o pasaporte vigente del representante legal
Tener número de RUC en estado activo
Contar con las actividades económicas principales, actualizadas
Copia de aviso de operaciones expedido por el Ministerio de Comercio e Industrias
Estar paz y salvo con las correspondientes obligaciones tributarias
Copia de paz y salvo de la Caja de Seguro Social
Estar al día con la presentación de las declaraciones de ITBMS y renta y no contar con los cumplimientos en cualesquiera de las dos
La empresa no debe tener un proceso coactivo iniciado, respecto a una deuda administrativa o tributaria asociada a la DGI
El representante legal de la empresa debe tener todas las obligaciones tributarias en orden, no contar con procesos coactivos previos o ya iniciados
Declaración jurada sobre medida de retorsión
Contar con un certificado electrónico expedido por un prestado de servicio de certificación registrado ante la Dirección Nacional de firma electrónica del Registro Público de Panamá, con el cual deberá firmar sus documentos electrónicos
Informe técnico descriptivo de la solución a implementar, el cual debe contener como mínimo: detalle de la experiencia de la persona jurídica en soluciones de tecnología, así como de la plataforma tecnológica (hardware y software), que soporta su desarrollo
Se sugiere presentar nota que acredite la experiencia como proveedor de certificación, emitida por una Administración Tributaria
Fianza de cumplimiento emitida por una aseguradora con licencia autorizada en la República de Panamá por la Superintendencia de Seguros, por un monto mínimo de doscientos cincuenta mil Balboas (B/. 250,000.00), a favor del Tesoro Nacional
Pagará un derecho al Tesoro Nacional el monto de dos mil balboas (B/. 2,000.00) en concepto del proceso de evaluación, y de cinco mil balboas (B/. 5,000.00) en concepto de proceso de calificación
Registrar los datos de contacto del contribuyente para la coordinación de pruebas, nombre, apellido y correos electrónicos, así como los IP, asociados a la conectividad
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48- Solicitud de desincorporación de equipo fiscal por adopción del sistema de facturación electrónica de Panamá (SFEP).
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Presentar memorial dirigido al Director General de Ingresos, en el que informe la desincorporación del equipo fiscal por adopción del sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP). Este memorial debe incluir marca, modelo y número de serie del equipo. Si es más de un equipo fiscal, debe incluir en el memorial un cuadro con los siguientes datos:
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| N° |
MARCA |
MODELO |
SERIE |
| 1 |
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| 1 |
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Copia simple de las dos primeras páginas del libro de Control de Reparación y Mantenimiento
Copia simple de la última página del libro de Control de Reparación y Mantenimiento
Copia simple del último reporte global diario o reporte Z; el cual debe ser generado a la fecha de la presentación de la referida solicitud
Entrega de la placa o sello fiscal troquelado en el dispositivo de seguridad
Cualquier otro documento que justifique su inutilización
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
Esta solicitud solo puede realizarse de forma presencial por el contribuyente en la sede, Sección de Registro Único de Trámites Tributarios (RUTT) o a través de oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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49- Solicitud de cambios o modificaciones registro único de contribuyentes (RUC), persona natural.
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Formulario de registro único de contribuyentes (RUC).
Copia de cédula o generales del pasaporte vigente del contribuyente
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite le permite adquirir su número de identificación tributaria (NIT).
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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50- Solicitud de paz y salvo, persona natural nacional.
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Formulario de paz y salvo
Copia de cédula vigente del contribuyente
Siempre que no se pueda verificar con la base de datos del TE
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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51- Solicitud de paz y salvo, persona natural extranjero asalariado.
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Formulario de paz y salvo
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Movimiento migratorio vigente en original, emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad
Carta de trabajo que indique fecha de inicio de labores, salario y retenciones
Ficha o certificación de salario de la Caja de Seguro Social
Formulario de entradas y salidas
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información de este.
Si el documento de movimiento migratorio indica que la persona extranjera “no refleja movimiento migratorio”, este deberá aportar certificación o resolución o estatus migratorio emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad, en donde se indique la fecha de ingreso al país.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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52- Solicitud de paz y salvo, persona natural extranjero casado con nacional, residente o naturalizado.
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Formulario de paz y salvo
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Movimiento migratorio vigente en original, emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad
Copia de cédula del cónyuge, en caso de no ser residente o naturalizado presentar copia de la página principal del pasaporte vigente
Siempre que no se pueda verificar con la base de datos del TE
Carta de responsabilidad emitida por el cónyuge
Certificación de la corregiduría en caso de estar en “unión libre", antes del matrimonio
Certificado de matrimonio con tres Balboas (B/.3.00) en timbres
Si el matrimonio fue celebrado en el extranjero, debe presentar certificado de matrimonio apostillado por el consulado del país emisor
Carta de trabajo del cónyuge que indique fecha de inicio de labores, salario y retenciones
Ficha o certificación de salarios de la Caja de Seguro Social
Declaración de renta si el cónyuge es independiente, con una certificación bancaria donde acredite que posea una cuenta de ahorros, plazo fijo igual o mayor a cinco mil cifras medias
Formulario de entradas y salidas
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
Si el documento de movimiento migratorio indica que la persona extranjera “no refleja movimiento migratorio”, este deberá aportar certificación o resolución o estatus migratorio emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad, en donde se indique la fecha de ingreso al país.
Si el cónyuge es independiente y presenta declaración de renta, este debe estar Paz y Salvo
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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53- Solicitud de paz y salvo, extranjero estudiante.
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Formulario de paz y salvo
Certificado de nacimiento apostillado por el consulado del país emisor
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Movimiento migratorio vigente en original, emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad
Copia de cédula o copia de la página principal del pasaporte vigente, del responsable del estudiante
Créditos de estudios emitido por la universidad, escuela o institución educativa a la que asiste
Carta de la institución educativa certificando los estudios cursados
Carta simple de responsabilidad emitida por el padre, madre o persona responsable
Carta de trabajo, que indique fecha de inicio de labores, salario y retenciones del responsable
Ficha o certificación de salario de la Caja de Seguro Social del responsable
Certificado de Paz y Salvo del responsable, en caso de presentar declaraciones
En caso de ser becario debe aportar la certificación emitida por la institución u organización que otorgue la beca
Solvencia económica de la persona responsable, si este no es asalariado con una certificación bancaria donde acredite que posea una cuenta de ahorros, plazo fijo igual o mayor a cinco cifras medias
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información de este.
Si el documento de movimiento migratorio indica que la persona extranjera “no refleja movimiento migratorio”, este deberá aportar certificación o resolución o estatus migratorio emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad, en donde se indique la fecha de ingreso al país.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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54- Solicitud de paz y salvo solvencia económica.
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Formulario de paz y salvo
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Movimiento migratorio vigente en original, emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad
Certificación emitida por la entidad bancaria dirigida a la Dirección General de Ingresos (DGI), donde certifique que posee cuenta de ahorros o plazo fijo, igual o mayor a cinco cifras medias
Formulario de entradas y salidas
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Si el documento de movimiento migratorio indica que la persona extranjera “no refleja movimiento migratorio”, este deberá aportar certificación o resolución o estatus migratorio emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad, en donde se indique la fecha de ingreso al país.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI)
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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55- Solicitud de paz y salvo, jubilado o pensionado extranjero.
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Formulario de paz y salvo
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Movimiento migratorio vigente en original, emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad
Carné de migración vigente de jubilado o pensionado y/o certificación de pensión o jubilación del extranjero apostillado por el Consulado del país emisor
Formulario de entradas y salidas
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Si el documento de movimiento migratorio indica que la persona extranjera “no refleja movimiento migratorio”, este deberá aportar certificación o resolución o estatus migratorio emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad, en donde se indique la fecha de ingreso al país.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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56- Solicitud de paz y salvo, extranjero ejecutivo de sedes de empresas multinacionales con sede regional en Panamá (SEM).
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Formulario de paz y salvo
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Movimiento migratorio vigente en original, emitido por el Servicio Nacional de Migración
Carta de trabajo que indique fecha de inicio de labores, funciones y salario
Carné de migración, vigente
Resolución donde se certifica a la empresa como Sede de Empresas Multinacionales (SEM)
Formulario de entradas y salidas
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Si el documento de movimiento migratorio indica que la persona extranjera “no refleja movimiento migratorio”, este deberá aportar certificación o resolución o estatus migratorio emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad, en donde se indique la fecha de ingreso al país.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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57- Solicitud de paz y salvo, alternadora
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Formulario de paz y salvo
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Movimiento migratorio vigente en original, emitido por el Servicio Nacional de Migración
Contrato de trabajo que las mismas son artistas y este debe indicar el inicio de labores, tiempo y salario, el mismo debe de estar registrado por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
Copia del pago de impuesto de la planilla ocasional Renta, Seguro Educativo e ITBMS
Formulario de entradas y salidas
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Si el documento de movimiento migratorio indica que la persona extranjera “no refleja movimiento migratorio”, este deberá aportar certificación o resolución o estatus migratorio emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad, en donde se indique la fecha de ingreso al país.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI)
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58- Solicitud de paz y salvo, doméstico (a) extranjero (a)
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Formulario de paz y salvo
Copia del poder y solicitud a migración de visa de doméstico (a)
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Movimiento migratorio vigente en original, emitido por el servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad
Contrato de trabajo, indicando fecha de inicio de labores, tiempo y salario Constancia de afiliación del doméstico (a) al Seguro Social
Declaración jurada notariada que haga constar el tiempo de servicio y el salario devengado
Ficha de Seguro Social y carta de trabajo del patrono
Declaración de renta del patrono si este es independiente
Certificación emitida por la entidad bancaria, dirigida a la Dirección General de Ingresos (DGI), donde certifique que posee cuenta de ahorros o plazo fijo igual o mayor a cinco cifras medias
Formulario de entradas y salidas
Certificado gratuito
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Si el documento de movimiento migratorio indica que la persona extranjera “no refleja movimiento migratorio”, este deberá aportar certificación o resolución o estatus migratorio emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad, en donde se indique la fecha de ingreso al país.
Si el conyugue es independiente y presenta Declaración de Renta, este debe estar Paz y Salvo.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI)
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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59- Solicitud de paz y salvo, extranjero religioso.
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Formulario de paz y salvo
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Movimiento migratorio vigente en original, emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad
Declaración jurada notariada conforme al movimiento migratorio, a través de la cual se dé constancia del tiempo de estadía en el país por cada año
Carta de la iglesia donde presta servicios (debe mencionar fecha de inicio)
Copia de carnet de migración vigente
Formulario de entradas y salidas
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Si el documento de movimiento migratorio indica que la persona extranjera “no refleja movimiento migratorio”, este deberá aportar certificación o resolución o estatus migratorio emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad, en donde se indique la fecha de ingreso al país.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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60- Solicitud de paz y salvo, diplomático.
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Formulario de paz y salvo
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Carta emitida por el consulado o embajada que corresponda, dirigida a la Dirección General de Ingresos (DGI), donde certifique el estatus diplomático del solicitante
En el caso de requerir paz y salvo del cónyuge, debe presentar adicionalmente el certificado de matrimonio apostillado por el consulado del país emisor y carta de responsabilidad
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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61- Solicitud de paz y salvo, decomiso de dinero.
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Formulario de paz y salvo
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Resolución emitida por la Autoridad Nacional de Aduanas donde se ordena el decomiso del dinero
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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62- Solicitud de paz y salvo artista, deportista, consultor y agrupación musical.
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Formulario de paz y salvo
Original y copia vigente de las generales del pasaporte
Contrato de trabajo registrado por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
Carta de autorización del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
Boleta de pago de impuestos: ITBMS, renta natural y seguro educativo retenido por el contratante
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
El pasaporte debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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63- Solicitud de paz y salvo inmueble, persona natural.
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Formulario de paz y salvo
Copia de cédula o pasaporte vigente de alguno de los dueños del inmueble, vigente
Certificdo gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI)
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64- Solicitud de cambio de correo de inmueble, persona natural.
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Copia de cédula o pasaporte vigente de alguno de los dueños del inmueble
Solicitud debidamente firmada
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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65- Solicitud de cambio de correo de inmueble, persona jurídica.
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Copia de cédula o pasaporte vigentes del representante legal
Certificado gratuito
Si el representante legal no puede realizar el trámite de forma presencial, este podrá otorgar poder especial a un abogado
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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66- Solicitud de paz y salvo inmueble por juicio de sucesión, persona natural.
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Formulario de paz y salvo
Copia de cédula o pasaporte vigente del heredero
Copia de la escritura pública que se va a inscribir en el Registro Público de Panamá
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este certificado le permite inscribir el juicio de sucesión en el Registro Público de Panamá.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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67- Solicitud de paz y salvo inmueble por juicio de sucesión, persona jurídica.
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Formulario de paz y salvo
Copia del certificado de Registro Público de la persona jurídica a la que se le adjudiquen los bienes o acta inscrita con la última modificación
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia de la escritura pública que se va a inscribir en el Registro Público de Panamá
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá otorgar poder especial a un abogado; siempre que no se encuentre detallado en algún otro documento las facultados de representación otorgadas al abogado que atendió el juicio de sucesión.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este certificado le permite inscribir el juicio de sucesión en el Registro Público de Panamá.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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68- Solicitud de paz y salvo remate de inmueble, persona natural.
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Formulario de paz y salvo
Copia autenticada de la resolución de adjudicación del remate, emitido por el juzgado
Copia vigente de la cédula del beneficiario
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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69- Solicitud de paz y salvo remate de inmueble, persona jurídica.
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Formulario de paz y salvo
Copia autenticada de la resolución de adjudicación del remate, emitido por el juzgado
Copia del certificado de Registro Público de la persona jurídica a la que se le adjudiquen los bienes o acta inscrita con la última modificación
Copia vigente de cédula o pasaporte del Representante Legal
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá otorgar poder especial a un abogado.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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70- Solicitud de paz y salvo por proceso civil declarativo, persona natural.
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Formulario de paz y salvo
Copia autenticada de la resolución judicial que declara algún derecho y ordena inscripción en Registro Público, sobre algún bien inmueble emitido por el juzgado competente
Copia del certificado de Registro Público de la persona jurídica a la que se le adjudiquen los bienes o acta inscrita con la última modificación
Copia de cédula o pasaporte del beneficiario de la orden judicial
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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71- Solicitud de paz y salvo por proceso civil declarativo, persona jurídica.
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Formulario de paz y salvo
Copia autenticada de la resolución judicial que declara algún derecho y ordena inscripción en Registro Público, sobre algún bien inmueble emitido por el juzgado competente
Copia del certificado de Registro Público de la persona jurídica a la que se le adjudiquen los bienes o acta inscrita con la última modificación
Copia de cédula o pasaporte del representante legal
Certificado gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá otorgar Poder Especial a un abogado.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede ser solicitado de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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72- Presentación de documentación para solicitud de declaración de renta final, persona natural/ comerciante.
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Memorial original y copia dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la aplicación de la declaración de renta final
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Certificación de no obligado a inscribirse al régimen de la Caja de Seguro Social para personas naturales, cierre del mismo o paz y salvo de la Caja de Seguro Social
Certificación de cancelación de aviso de operaciones, emitido por Panamá Emprende del Ministerio de Comercio e Industrias
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
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73- Presentación de documentación para solicitud de declaración renta final, persona natural asalariado puro.
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Memorial original y copia, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), indicando el motivo de la declaración de renta final
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Ficha de la Caja del Seguro Social o certificación de salarios
Copia de la declaración de renta final, firmada por el contribuyente y contador público autorizado y copia vigente de la cédula
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
La declaración final debe estar presentada en el sistema e-Tax2.0.
Nota: El contribuyente debe estar Paz y Salvo y no tener expedientes abiertos en la sección de Cuenta Corriente ni el departamento Cobranzas de la Dirección General de Ingresos, ni reportes de pagos recibidos. No estar omiso en presentación y pago de ITBMS, presentación de declaraciones de renta de periodos anteriores, y la aplicación de las mismas.
El contribuyente no debe tener ningún recurso en trámite ante la Dirección General de Ingresos, Tribunal Administrativo Tributario o ante la Corte Suprema de Justicia.
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74- Presentación de documentación para solicitud de declaración renta final, persona natural jubilado o pensionado.
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Memorial original y copia dirigida a la Dirección General de Ingresos (DGI), indicando el motivo de la declaración de renta final
Copia de cédula o pasaporte vigente del contribuyente
Resolución de la jubilación o carné de jubilado
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
La declaración final debe estar presentada en el sistema e-Tax2.0.
Nota: El contribuyente debe estar paz y salvo y no tener expedientes abiertos en la Sección de Cuenta Corriente ni el Departamento de Cobranzas de la Dirección General de Ingresos, ni reportes de pagos recibidos. No estar omiso en presentación y pago de ITBMS, presentación de declaraciones de renta de periodos anteriores, y la aplicación de las mismas.
El contribuyente no debe tener ningún recurso en trámite ante la Dirección General de Ingresos, Tribunal Administrativo Tributario o ante la Corte Suprema de Justicia.
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77- Solicitud de registro de certificado de la Autoridad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME), persona natural.
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Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando el registro del certificado de la Micro Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME), firmado por el contribuyente
Certificado original y copia emitido por la Autoridad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME)
Copia de cédula o pasaporte vigente del contribuyente
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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78- Solicitud de certificado de no contribuyente del ITBMS, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando el certificado de no contribuyente de ITBMS, e indicando las razones o motivos por los cuales se requiere
Copia simple de cédula, carné de residente o pasaporte vigente del contribuyente
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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79- Solicitud de impresión de generales de inmueble, persona natural.
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Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando las generales del inmueble, firmado por el contribuyente
Copia de cédula o pasaporte vigente del contribuyente
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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80- Solicitud de impresión de generales de inmueble, persona jurídica.
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Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando las generales del inmueble, firmada por el representante legal
Copia vigente del certificado de Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal, copia actualizada del certificado del Registro Público de Panamá, donde conste que la persona jurídica es la propietaria del bien inmueble
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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82- Recepción declaraciones de ganancia de capital bienes mueble.
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Formulario 107 de firmada por el contribuyente
Copia de la boleta de pago
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
El formulario de Declaración de Ganancia de Capital debe registrarse en línea y ser presentado presencialmente con los documentos aquí descritos.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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83- Solicitud de convenio de pago, persona natural.
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Copia de cédula o pasaporte vigente del contribuyente
Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando el convenio de pago firmada por el contribuyente
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u administraciones provinciales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
El formulario solo aplica para trámites presenciales
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84- Solicitud de congelación impuestos de inmueble a jubilados y pensionados.
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Formulario o solicitud o memorial explicativo, dirigido a la Dirección General de Ingresos solicitando la congelación de impuesto inmueble
Certificado original vigente del inmueble, para congelación, emitido por el Registro Público de Panamá, en donde se acredite que es el dueño de la propiedad y que conste que es la única que posee o que no tiene registro de otras propiedades
Copia vigente de la cédula de identidad personal, carnet de jubilado o pensionado de los solicitantes
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
El inmueble debe estar actualizada en la Autoridad Nacional de Administración de Tierra (ANATI).
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85- Solicitud de certificado de exoneración de ITBMS, para la compra de vehículo de los magistrados, fiscales superiores, defensores de oficio distritales.
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Memorial dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la certificación de exoneración de ITBMS, firmada por el solicitante
Copia del formulario de Aduana, si el vehículo es importado
Carta de la oficina de Recursos Humanos de la institución respectiva, que acredite la posición del solicitante
Copia simple vigente de cédula del solicitante
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI)
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86- Solicitud de copias simples o autenticadas de expedientes, persona natural.
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Memorial dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando las copias, firmada por el contribuyente. En ella debe indicar el nombre completo, número de cédula, fecha de la resolución y tipo del proceso
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Si el expediente que se desea obtener copia es un recurso, este debe ser solicitado por medio de un apoderado legal.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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87- Solicitud de levantamiento de marginal tasa única y reactivación del registro único de contribuyente (RUC).
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Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando el levantamiento de la marginal de la Tasa Única y la reactivación del registro único de contribuyente, firmada por el solicitante
Copia simple vigente de cédula, carné de residente permanente o pasaporte del solicitante
Copia simple de las boletas de pago
Trámite gratuito
Quien solicite podrá ser el representante legal, apoderado legal, agente residente, accionista o cualquier tercer interesado siempre que explique su interés.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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88- Solicitud de autenticación certificado de paz y salvos, persona natural.
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Memorial explicativo, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la autenticación del certificado de paz y salvo, firmada por el contribuyente
Copia simple vigente de cédula de identidad, carné de residente permanente o pasaporte del contribuyente
Certificado vigente de paz y salvo
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI)
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89- Solicitud para revisar expedientes a los asistentes de los abogados y retirar copias.
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Memorial explicativo, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), donde se informa la autorización del asistente del abogado o firma forense, para revisar el expediente y pueda retirar copias
Copia vigente de cédula de identidad, a quien se le autoriza
Trámite gratuito
El abogado que autoriza debe ser apoderado legal del contribuyente y en el expediente debe constar el poder.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI)
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90- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble, persona natural.
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Copia de la escritura pública del inmueble, con sellos de mejoras y venta
Memorial explicativo, firmado por el contribuyente dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia vigente de cédula o pasaporte del propietario del inmueble, número de teléfono y correo electrónico
En caso de que la escritura no lo detalle, presentar copia de los permisos de construcción y ocupación emitido por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales del área en donde esté ubicado el inmueble
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Se podrá realizar en la oficina regional donde está ubicada la propiedad.
En caso de no tener las escrituras presentar el certificado original de propiedad emitido por el registro público de Panamá, detallando: el número de inmuebles, fecha de adquisición, nombre de los propietarios, quien declara las mejoras, fechas de las mejoras, valor del terreno, valor de las mejoras y valor total del inmueble.
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91- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble: propiedad horizontal, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de la escritura pública de venta del inmueble
Copia de la escritura pública de Incorporación al régimen de propiedad horizontal (finca madre)
Copia de cédula o pasaporte del propietario del inmueble, vigente; número de teléfono y correo electrónico
En caso de que la escritura no lo detalle, presentar copia de los permisos de construcción y ocupación emitido por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales del área en donde esté ubicado el inmueble
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Esta solicitud puede realizarla de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite se podrá realizar en la oficina regional donde está ubicada la propiedad.
En caso de no tener la(s) escritura(s), presentar el certificado original de propiedad emitido por el Registro Público de Panamá, detallando: el número de inmueble, fecha de adquisición, nombre de los propietarios, quien declara las mejoras, fecha de las mejoras, valor del terreno, valor de las mejoras, valor total del inmueble y régimen de Propiedad Horizontal.
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92- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble: Patrimonio familiar- sentencia juzgado de familia.
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Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble, donde debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia vigente de cédula del propietario del inmueble
Certificado original vigente emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble
Copia autenticada de la sentencia del Juzgado de Familia que la constituye como patrimonio familiar
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Este trámite será atendido por la Sección de Exoneración de Inmuebles de la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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93- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble y trasferencia de bienes inmuebles (2%): Reforestación, persona natural.
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Memorial explicativo dirigido, firmado por el contribuyente a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia vigente de cédula o pasaporte del propietario del inmueble
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, con las generales del inmueble vigente
Certificado de la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), en donde indique el valor del inmueble y la superficie reforestada
Plan de Manejo o Plan de Finca aprobado por el Ministerio de Ambiente (MIAMBIENTE)
Certificado del Ministerio de Ambiente de Panamá (MIAMBIENTE), que indique desde cuándo el inmueble esté inscrito a la actividad de reforestación, bajo qué registro forestal, la cantidad de hectáreas reforestadas y su respectivo porcentaje
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración,
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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94- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble cuyas fechas de los permisos de construcción y ocupación no consten en el municipio correspondiente, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia vigente de cedula o pasaporte del propietario
Certificación expedida por el Departamento de Ingeniería Municipal, donde conste que en sus archivos no existe fechas de los permisos de construcción y ocupación
Copia vigente de cédula o pasaporte del propietario del inmueble
Copia de la escritura pública del inmueble
Copia del contrato del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), o certificación emitida por esta instancia donde conste la fecha a partir de cuándo se recibe el servicio de agua
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
En caso de no tener la(s) escritura(s), presentar el certificado original de propiedad emitido por el Registro Público de Panamá, detallando: el número de inmueble, fecha de adquisición, nombre de los propietarios, quien declara las mejoras, fecha de las mejoras, valor del terreno, valor de las mejoras, valor total del inmueble.
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95- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble ubicado en el Casco Antiguo, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la Exoneración del Inmueble. este debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia vigente de cédula o pasaporte del propietario del inmueble
Copia de certificación emitida por el Ministerio de Cultura (MICULTURA), donde certifican que el inmueble se encuentra ubicado dentro de los límites del Conjunto Monumental Histórico del Casco Antiguo de la ciudad de Panamá
Certificación de permiso de ocupación expedido por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales
Copia simple de la escritura donde se declara mejoras del inmueble o certificación emitida por el Registro Público de Panamá, donde conste la mejora
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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96- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble ubicado en áreas revertidas, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la Exoneración del Inmueble. Este debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia vigente de cédula o pasaporte del propietario del inmueble
Copia de la escritura pública, con sellos de mejoras y venta
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial.
En caso de no tener la(s) escritura(s), presentar el certificado original de propiedad emitido por el Registro Público de Panamá, detallando: el número de inmueble, fecha de adquisición, nombre de los propietarios, quien declara las mejoras, fecha de las mejoras, valor del terreno, valor de las mejoras, valor total del inmueble.
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97- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble dedicados a las actividades agropecuarias, persona natural.
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Memorial de solicitud, que cumpla las formalidades que establezca la Dirección General de Ingresos, donde se deberá indicar las generales de la finca, correo electrónico y teléfono de contacto
Certificación e Informe Técnico expedido por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) que indique
a. Que las fincas estén dedicadas a la actividad agropecuaria tengan uso adecuado según la costumbre de la región
b. Que se acoge a programas de regionalización de la producción establecidos por dichas dependencias estatales
c. Fecha en la que la finca dio inicio a la actividad agropecuaria de manera ininterrumpida
d. Actividad agropecuaria específica a la que se dedica la finca
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, Sección de la Propiedad, donde consten las generales de la finca cuya exoneración se solicita
Certificación de la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), en donde conste el detalle de la superficie y el valor catastral de la finca que no sea superior a quinientos mil balboas con 00/100 (B/. 500,000.00)
Copia vigente de cédula o pasaporte del propietario de la finca o representante legal vigente
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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98- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble dedicados a las actividades de reforestación, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la Exoneración del Inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono residencial y correo electrónico
Copia vigente de cédula o pasaporte del propietario del inmueble
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble
Certificado original emitido por la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), que indique el valor del inmueble y detalle la superficie
Plan de manejo o plan de finca aprobado por el Ministerio de Ambiente (MIAMBIENTE)
Certificación del Ministerio de Ambiente (MIAMBIENTE), en donde indique desde cuando el inmueble está inscrito a la actividad de reforestación, bajo qué registro forestal, la cantidad de hectáreas reforestadas y su respectivo porcentaje
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99- Solicitud de corrección de exoneración del impuesto de inmueble, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. Este debe indicar, número de teléfono residencial y correo electrónico
Copia vigente de cédula o pasaporte del propietario del inmueble
Copia de la certificación emitida por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales, del área en donde se encuentre ubicado el inmueble; donde indique la fecha del permiso de ocupación y construcción
Copia de la escritura pública con sellos de las mejoras y venta
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-100- Solicitud de igualación de valores impuesto de inmueble, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la Igualación de Valores del Impuesto de Inmueble. Este debe indicar, número de teléfono residencial y correo electrónico
Copia de la escritura pública, con sellos de mejoras y venta
Copia vigente de cédula o pasaporte del propietario del inmueble
Copia de la certificación emitida por la Dirección de Obras y construcciones Municipales, del área en donde se encuentre ubicado el inmueble, donde indique la fecha del permiso de ocupación y construcción
Trámite gratuito
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-101- Solicitud de devolución impuestos de inmueble pagados indebidamente o en exceso, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente solicitante, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); peticionando la devolución de impuesto, indicando los pagos que estén en crédito, (si la propiedad tiene más de un dueño, todos deben firmar el memorial)
Copia vigente de cédula del contribuyente
Copia de lo(s) comprobante(s) de pago del impuesto de inmueble
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
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99-102- Solicitud de devolución de depósitos inactivos, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución del impuesto y monto, firmada por el contribuyente
Copia vigente de cédula del contribuyente
Certificado del banco, donde consta número y fecha del cheque de la liquidación de ingresos y el monto por el cual ingresó al Tesoro Nacional, el respectivo deposito
Certificado del banco, donde consta el nombre y cédula del administrador de la cuenta en caso de depósito(s) relacionado(s) con menores de edad
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-103- Solicitud de devolución impuesto sobre la renta, persona natural asalariada.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución de impuesto (5 últimos años) y monto
Copia de la declaración jurada de renta del periodo solicitado, en donde se originó el crédito, firmada por el contribuyente y el contador público autorizado
Certificación original de salario con sus respectivas deducciones expedida por el patrono
Carta original expedida por el patrono donde se muestre en detalle de las entradas y salidas del país (si aplica)
Copias legibles del pasaporte o movimiento migratorio, si declara renta exenta o de fuente extrajera
Certificación de cese de labores expedida por el patrono
Copia de la liquidación por terminación de la relación laboral expedida por el patrono, la cual debe indicar fechas de inicio y terminación de labores, al igual el detalle del impuesto descontado, por efecto de indemnizaciones y prima de antigüedad
Certificación original expedida por el patrono donde se muestre en detalle de las entradas y salidas del país en ellas debe indicar:
Tipo de trabajo que realizó fuera del país y cantidad de días que se mantuvo fuera del país
Qué relación tiene la labor realizada fuera del país con el salario devengado dentro del territorio nacional (explicar mejor)
Indicar si el contribuyente recibió algún pago adicional a través de otra persona o a nombre de otra persona, por el trabajo realizado en el extranjero
Certificación de los intereses pagados por préstamos hipotecarios no preferenciales, emitidos por la institución bancaria según resolución 201-1344 de 1995; siempre que la propiedad esté registrada a nombre del contribuyente
Carta de cesión de interés hipotecarios; si la propiedad tiene más de un dueño, se debe especificar los períodos a que correspondan dichos intereses. (siempre que el contribuyente solicitante vaya a deducir el 100% de los intereses)
Copia vigente de cédula del/los que cede(n) los intereses hipotecarios
Copia de la(s) escritura(s) involucrada(s) de la adquisición, en el/los préstamos que causan los intereses hipotecarios con sus respectivos sellos; (en casos de refinanciamiento, haber declarado las mejoras e incluir la liquidación del préstamo y actualizar los valores de la finca en ANATI)
Certificación original de los intereses por préstamos educativos identificando el beneficiario indicando su número de cédula emitida por el IFARHU (si aplica)
Certificación del fondo de retiro, emitida por los administradores de inversiones registrado por la comisión nacional de valores, fundamento Ley 10 del 16 de abril de 1993, por la cual se establecen incentivos para la formación de fondos para jubilados, pensionados, pensiones y otros beneficios
Comprobante(s) original(es) de gasto(s) médicos, emitidos por la entidad de salud los cuales deben ser enumerados por año (facturas expedidas de acuerdo con la ley), las facturas deben estar pegadas en páginas. Las facturas electrónicas deberán ser detallas en un cuadro con su nombre, cédula, nombre del comercio que emite, número de factura y monto (ya que se encuentran registradas en la DGI). Certificación anual de primas de seguro de hospitalización y atención médica, originales, emitidas por las aseguradoras con el detalle de los gastos cubiertos y no cubiertos por las pólizas con facturas
Comprobantes originales de donaciones deducibles del impuesto sobre la renta (enumerar las donaciones recibidas por año) y debidamente declaradas por el beneficiario. Los comprobantes deben de estar pegados en páginas, (Resolución 201-1183 de 18 de abril de 2008)
Comprobantes originales de gastos escolares, emitidos por la institución educativa, numeradas y pegadas en páginas (facturas expedidas de acuerdo a la ley)
Certificación o comprobantes del beneficio recibido de beca universal o beca de excelencia u otro beneficio sufragado por el Estado
Deducciones básicas: (dependientes)
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Otros ingresos en concepto de arrendamientos honorarios y otros (contratos y libretas de recibo)
Copia de certificado de nacimiento legible, de los hijos menores de edad y/o copia de cédula juvenil al derecho y al reverso
Certificación original emitida por una autoridad competente, que sustente la discapacidad del dependiente
Mayores de 18 hasta 25 años; copias: de cédulas y recibo de matrículas universidad por semestre o cuatrimestre para todos los años deducidos
Adultos (padre, madre) copia de carne de beneficiarios y cédula vigente
Adultos (esposa) copia de certificado matrimonio y copia de cédula, vigente
Otros dependientes menores de edad, certificación original del Juzgado de Familia donde conste que tiene la patria potestad
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Solo son deducibles los intereses hipotecarios de la vivienda principal de uso propio (modelo establecido por la Dirección General de Ingreso. La certificación de acuerdo con el formato establecido en la resolución N° 201-1344 de la DGI) gaceta oficial N° 22919 de 27-11-1995.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-105- Solicitud de devolución impuestos sobre la renta por enajenación de bienes inmuebles y muebles (ISR-EBIM), persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución de impuesto y monto
Copia de escritura de compra o adquisición inicial del bien inmueble
Originales de certificación de Registro Público del propietario de inmueble
Copia vigente de cédula del contribuyente
Formulario 107 de ganancia de capital de la devolución solicitada
Copias de boletas de pago
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-106- Solicitud de devolución impuesto sobre la renta por ganancia de capital por enajenación de valores, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución de impuesto y monto
Contrato de compra o adquisición original de los valores (bonos, acciones, etc.)
Contrato de compra/venta de acciones debidamente timbrado o con sus boletas de timbre
Comprobante de justificación de costos
Copia vigente de cédula del contribuyente
Formulario de Venta de Acciones 108
Copias de boletas de pago
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-107- Solicitud de devolución impuestos de registro de marcas de fábrica, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución de impuesto y monto
Copias autenticadas de la resolución de comercio interior emitido por Ministerio de Comercio e Industrias
Copia de liquidación de ingresos del Ministerio de Economías y Finanzas (recibo de pago)
Copia vigente de cédula
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-108- Solicitud de devolución otros impuestos, tributos, sanciones e intereses, pagos a cuenta y otros, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución, indicando el impuesto, tributo o concepto y el monto
Orden de devolución emitida por la entidad competente que ordenó el pago (si aplica)
Copia vigente de cédula del contribuyente
Copias de las boletas de pagos en la cual ingresó al Tesoro Nacional
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-109- Solicitud de exoneración de impuesto para la transferencia de bien inmueble (2%) entre parientes (padres a hijos, hijos a padres conyugues).
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El formulario o solicitud o memorial explicativo, dirigido a la Dirección General de Ingresos solicitando la exoneración de impuesto para la transferencia de bien inmueble
Certificado original vigente del Inmueble emitido por el Registro Público de Panamá que acredite que es el dueño o cuota parte, de la propiedad
Certificado de nacimiento de los hijos (para el caso de donación de padres a hijos), con el pago de timbre o franqueado por el valor de B/.3.00
Certificado de matrimonio (para el caso de donación entre esposos) con timbres por el valor de B/.3.00
Copia vigente de cédula del donante y el donatario (en el caso de ser mayores de edad)
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un contador público autorizado o un apoderado legal a realizar el mismo, mediante una autorización notariada.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
*El formulario de donación se debe de completar por medio de computadora o máquina de escribir.
El pago de timbre debe usted realizado al impuesto 306 de la boleta de pago de la Dirección General de Ingresos.
El inmueble debe estar actualizado en la Autoridad Nacional de Administración de Tierra (ANATI).
Una vez notificado de la resolución que atiende esta solicitud, el contribuyente deberá continuar con los trámites en Notaría Registro Público De Panamá Y Autoridad Nacional De Administración De Tierras.
Al momento de inscribir en el Registro Público, el inmueble debe estar paz y salvo en la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-110- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble: Casas condenadas, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia vigente de cédula o pasaporte del propietario del inmueble
Copia de Resolución de Condena emitida por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT), donde indique que el inmueble está habitado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, con las generales del inmueble
Nota del Juzgado de Paz del lugar donde se encuentre el inmueble, indicando que el mismo está condenado
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
En caso de no tener la(s) escritura(s), presentar el certificado original de propiedad emitido por el Registro Público de Panamá, detallando: el número de inmueble, fecha de adquisición, nombre de los propietarios, quien declara las mejoras, fecha de las mejoras, valor del terreno, valor de las mejoras, valor total del inmueble.
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99-113- Solicitud de cancelación de registro único de contribuyente (RUC), persona natural: inscripción errada.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la cancelación del registro único de contribuyente (RUC) incorrecto
Copia vigente de cedula de contribuyente
Certificado de autenticidad de la cédula de identidad emitido por el Registro Civil de Panamá
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-114- Solicitud de reactivación de registro único de contribuyente (RUC), persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la reactivación del registro único de contribuyente (RUC)
Copia vigente de cédula de identidad o pasaporte del contribuyente
Adjuntar movimiento migratorio para establecer la fecha de la obligación
Documentación adicional que desee aportar que sustente la reactivación del registro único de contribuyente (RUC), como facturas, recibo de compras, aviso de operaciones, declaración jurada de un contador público autorizado, entre otros
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI)Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple
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99-115- Presentación de documentación para solicitud de declaración de renta final, persona natural difunta.
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Memorial explicativo, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la aplicación de la declaración de renta final, firmada por el cónyuge, hijos o herederos
Copia de cédula o pasaporte del contribuyente difunto
Certificado de defunción
Certificado original de matrimonio (si aplica)
Certificado original de nacimiento (si aplica)
Copia autenticada por el juzgado del auto de sentencia del juicio de sucesión en que se declare a él o los herederos (si aplica)
Paz y salvo de impuestos del contribuyente emitido por la Dirección General de Ingresos
Certificado de no poseer número patronal de la Caja de Seguro Social, si es natural, comerciante o el cierre del mismo, paz y salvo de la Caja de Seguro Social
Cierre de aviso de operaciones del Ministerio de Comercio e Industrias o certificación de no poseer el mismo
Trámite gratuito
Si la persona interesada no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
La declaración final debe estar presentada en el sistema e-Tax2.0.
Nota: El contribuyente debe estar Paz y Salvo y no tener expedientes abiertos en la Sección de Cuenta Corriente ni el Departamento Cobranzas de la Dirección General de Ingresos, ni reportes de pagos recibidos. No estar omiso en presentación y pago de ITBMS, presentación de declaraciones de renta de periodos anteriores, y la aplicación de las mismas.
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99-116- Solicitud de cancelación de obligación del ITBMS, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la cancelación de la obligación del ITBMS
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia del aviso de operaciones
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-117- Solicitud de cancelación de obligación del ITBMS, persona natural: asalariado, jubilado y pensionado.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la cancelación de la obligación del ITBMS
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de ficha y carné de seguro social
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-118- Solicitud de cancelación de obligación del ITBMS, persona natural: zona franca.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la cancelación de la obligación del ITBMS
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de contrato de arrendamiento o permiso o clave de operación, otorgado por la administración de la Zona Franca a la empresa
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-119- Solicitud de cancelación especial de la obligación del ITBMS, persona natural: actividades vinculadas con la salud humana.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la cancelación de la obligación del ITBMS
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de certificación del consejo técnico de la salud que haga constar que la actividad está vinculada con la salud
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-120- Solicitud de cancelación especial de la obligación del ITBMS, persona natural actividades agropecuarias.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la cancelación de la obligación del ITBMS
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de certificación del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) que haga constar que se dedica a la actividad agropecuaria
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-121- Solicitud de cancelación especial de la obligación del ITBMS, persona natural: Actividades relacionadas a la educación.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la cancelación de la obligación del ITBMS
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de resolución o certificación del Ministerio de Educación (MEDUCA) que haga constar que la actividad está relacionada a la educación
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-122- Solicitud de cancelación de obligación de la declaración de renta, persona natural: Asalariado.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la cancelación de la obligación de renta
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Certificación de salarios del patrono o ficha de Seguro Social
Copia de ficha o talonario de pago
Copia de carné de Seguro Social
Presentar declaración final y que la misma haya sido aprobada en el sistema
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-123- Solicitud de cancelación de obligación de la declaración de renta, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI solicitando la cancelación de la obligación de renta
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Presentar declaración final y que la misma haya sido aprobada en el sistema
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-124- Solicitud de exoneración de impuesto de inmuebles: Venta de inmueble.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la cancelación de la obligación de renta
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de escritura pública de la venta inicial del inmueble
Copia de escritura pública en la que se traspasa el inmueble a la sociedad
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-125- Presentación de documentación para solicitud de declaración de renta extemporánea, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) donde da a conocer las razones de su omisión y solicita la aceptación de las declaraciones omisas. En ella debe incluir dirección, teléfono de contacto
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de las declaraciones presentadas, firmadas por el contribuyente y por un contador público autorizado (CPA)
Si el contribuyente tiene intereses hipotecarios, debe presentar certificación bancaria que lo acredite
Si el contribuyente va a presentar costos y gastos, este debe original y copias de las facturas o recibos que lo sustenten
Si el contribuyente va a presentar gastos médicos este debe adjuntar original y copias de las facturas o recibos que lo sustenten
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Estas declaraciones extemporáneas deben de ser presentadas por internet y se mantendrán en estado de “pendiente” hasta que sean revisadas y durante su revisión pueden generar un nuevo requerimiento por parte del Departamento de Fiscalización, para su aceptación.
Las facturas o recibos presentados como pruebas de costos y gastos, estos deben de corresponder al periodo que esta presentado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-126- Presentación de documentación para solicitud de declaración de renta extemporánea, persona natural: Asalariado.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) donde da a conocer las razones de su omisión y solicita la aceptación de las declaraciones omisas. En ella debe incluir dirección, teléfono de contacto
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de las declaraciones presentadas, firmadas por el contribuyente y por un contador público autorizado (CPA)
Certificación de salario por cada año emitido por el patrono
Si el contribuyente tiene intereses hipotecarios, debe presentar certificación bancaria que lo acredite
Si el contribuyente va a presentar costos y gastos, este debe presentar original y copias de las facturas o recibos que lo sustenten
Si el contribuyente va a presentar gastos médicos, este debe adjuntar original y copias, de las facturas o recibos que lo sustenten
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Estas declaraciones extemporáneas deben de ser presentadas por internet y se mantendrán en estado de “pendiente” hasta que sean revisadas y durante su revisión pueden generar un nuevo requerimiento por parte del Departamento de Fiscalización, para su aceptación.
Las facturas o recibos presentados como pruebas de costos y gastos, estos deben de corresponder al periodo que esta presentado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-127- Presentación de documentación para solicitud de declaración de renta extemporánea, persona natural dedicado a la actividad agropecuaria.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) donde da a conocer las razones de su omisión y solicita la aceptación de las declaraciones omisas. En ella debe incluir dirección, teléfono de contacto
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de las declaraciones presentadas, firmadas por el contribuyente y por un contador público autorizado (CPA)
Si el contribuyente tiene intereses hipotecarios, debe presentar certificación bancaria que lo acredite
Certificado del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), que confirme que la persona se dedica a la actividad agropecuaria
Si el contribuyente va a presentar costos y gastos, este debe mostrar original y copias de las facturas o recibos que lo sustenten
Si el contribuyente va a presentar gastos médicos este debe adjuntar original y copias de las facturas o recibos que lo sustenten
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Estas declaraciones extemporáneas deben de ser presentadas por internet y se mantendrán en estado de “pendiente” hasta que sean revisadas y durante su revisión pueden generar un nuevo requerimiento por parte del Departamento de Fiscalización, para su aceptación.
Las facturas o recibos presentados como pruebas de costos y gastos, estos deben de corresponder al periodo que esta presentado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-128- Presentación de documentación para solicitud de declaración rectificativa, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) donde da a conocer las razones por la cual rectifica la declaración. En ella debe incluir dirección, teléfono de contacto
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de Aviso de Operaciones
El contribuyente debe adjuntar cualquiera documentación que apoye o sustente los cambios en la declaración rectificativa
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Estas declaraciones deben de ser presentadas por internet y se mantendrán en estado de “pendiente” hasta que sean revisadas.
Las declaraciones que se permiten rectificar son: renta, renta Zona Libre, ITBMS, remesas, timbres, informes de compra, Planilla 03.
*De ser mucha la documentación, deberá presentarla al auditor que se le asignó el caso, en el Departamento de Fiscalización.
En caso de que una persona deba dar una información contable, esta debe presentar una autorización notariada firmada por el contribuyente. La autorización debe incluir información de contacto como teléfono y correo electrónico.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-129- Solicitud de autorización para la compra de alcohol, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) donde solicita la autorización para la compra de alcohol
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia autenticada del aviso de operaciones
Copia autenticada del certificado brindado por la Oficina de Seguridad Del Cuerpo De Bomberos De Panamá
Permiso de operación actualizado por el Ministerio de Salud (MINSA)
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Para la aprobación de la compra del alcohol el contribuyente debe presentar el formulario de compra de alcohol, para uso medicinal e industrial, exonerado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-130- Solicitud de renovación de la autorización para la compra de alcohol, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) donde solicita la renovación de la autorización para la compra de alcohol
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia autenticada del aviso de operaciones
Copia de resolución anterior donde se autorizó la compra de alcohol
Permiso de operación actualizado por el Ministerio de Salud (MINSA)
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-131- Solicitud para la importación de licores, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) donde solicita la importación del licor, indicando el nombre del producto, grado de alcohol y el volumen
Copia vigente de cédula o pasaporte del representante legal
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado
El registro se realizará a través de etiquetas originales de los productos.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-132- Solicitud marbetes de licores importados con un grado de 20.1% de alcohol, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) donde solicita los marbetes para los licores importados, en la misma debe solicitar un auditor para que realice la instalación de los marbetes a la factura liquidada del producto
Copia vigente de cédula o pasaporte del representante legal
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-133- Solicitud de custodio de físico de licor importado, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la custodia física del licor
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de boleta de pago pago de impuesto código 769 (custodia física DGI)
Tarifas por el servicio de custodia física:
Desde la provincia de Colón hasta la provincia de Chiriquí y viceversa B/.115.00
Desde la provincia de Panamá hasta la provincia de Chiriquí y viceversa B/.100.00
Desde la provincia de Panamá hasta la provincia de Coclé y viceversa B/.50.00
Desde la provincia de Herrera, Los Santos y Veraguas a Panamá y viceversa B/.70.00
Desde la provincia de Herrera, Los Santos y Veraguas a Colón y viceversa B/.90.00
Desde la provincia de Panamá hasta la provincia de Colón y viceversa B/.25.00
Entre la Zona Libre de Colón y Puerto de Cristóbal y viceversa B/.6.00
Desde la Zona Libre de Colón y Puerto de Cristóbal a cualquier otro punto de la provincia de Colón y viceversa B/.20.00
Entre el Aeropuerto Internacional de Tocumen, Puerto de Balboa, y cualesquier otro punto dentro de los distritos de Panamá y San Miguelito B/.20.00
Entre los distritos de Arraiján y Chorrera a Panamá y viceversa B/.25.00
Entre las Aduanas de Paso Canoas, David, Puerto Armuelles, Pedregal y cualesquier otro punto dentro de la provincia de Chiriquí B/.20.00
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-134- Solicitud de custodia por instalación de sellos de seguridad de licor importado, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el representante legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la custodia física del licor
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia de boleta de pago del impuesto código 770 (sellos de seguridad DGI)
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
El valor del sello será de un balboa (B/. 1.00) a pagar por cada sello que se utilice, independientemente del lugar de origen y destino, El usuario de este servicio deberá el costo de movilización del funcionario que colocara el sello.
La solicitud de custodia se solicita con 24 horas de anticipación siempre y cuando se tenga personal disponible.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-135- Solicitud de fabricación o importación de derivados del tabaco, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la autorización para fabricar o importar productos derivados del tabaco, indicando los detalles de marca, y contenido de los cigarrillos (nicotina, alquitrán, monóxido de carbono); también indicar la información completa del domicilio, teléfono, correo electrónico y demás datos generales, donde recibe notificaciones
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Copia autenticada de aviso de operaciones en la que se haga constar la actividad de fabricación, importación o distribución de productos derivados del tabaco
Etiquetas del producto de conformidad de cómo será vendido
Declaración jurada notariada del contribuyente, donde se incluyen los precios de venta al consumidor final
Paz y salvo vigente expedido por la Dirección General de Ingresos (DGI)
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-136- Solicitud de inscripción número tributario (NT) persona natural extranjera: cesión de devolución del impuesto sobre la renta de ganancia de capital de bienes inmuebles.
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Formulario de registro único de contribuyentes (RUC)
Copia vigente de pasaporte del contribuyente
Movimiento migratorio actualizado
Resolución de devolución emitido por la Dirección General de Ingresos (DGI), en donde el extranjero aparezca como beneficiario
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Si el documento de movimiento migratorio indica que la persona extranjera “no refleja movimiento migratorio”, este deberá aportar certificación o resolución o estatus migratorio emitido por el Servicio Nacional de Migración del Ministerio de Seguridad, en donde se indique la fecha de ingreso al país.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo, la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Esta solicitud puede realizarla en línea o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-137- Solicitud de prescripción de impuestos, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente o apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); especificando la prescripción del impuesto y del o los periodos que solicite; el mismo, debe incluir información de contacto: dirección, teléfono y corra electrónico
Copia simple vigente de cédula de identidad personal, carné de residente permanente o pasaporte del contribuyente
Si el solicitante se hace representar a través de una firma de abogados, se deberá aportar certificado original vigente emitido por el Registro Público de Panamá donde consten los socios o abogados autorizados para representar a la firma
En caso de solicitud de prescripción de Impuesto de Inmueble, adicionar certificado original emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la propiedad del inmueble
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
En caso de solicitud de prescripción de Impuesto de Inmueble la finca debe estar actualizada en la Autoridad Nacional de Administración de Tierra (ANATI).
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99-138- Solicitud de prescripción impuesto, persona natural difunto.
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Memorial explicativo, firmado por el heredero o apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); especificando la prescripción del impuesto y del o los periodos que solicite; el mismo, debe incluir información de contacto: dirección, teléfono y correo electrónico
Copia simple vigente de cédula de identidad personal, carné de residente permanente o pasaporte del heredero solicitante
Certificado original de defunción
Certificado original de matrimonio o de nacimiento para verificar el vínculo de parentesco con el difunto
Copia autenticada por el juzgado del auto de declaratoria de heredero o de adjudicación del juicio de sucesión
Si el solicitante se hace representar a través de una firma de abogados, esta última deberá aportar certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá donde consten los socios o abogados autorizados para representar a la firma
En caso de solicitud de prescripción de impuesto de inmueble adicionar certificado original emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la propiedad del inmueble
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial el heredero o su apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
En caso de solicitud de prescripción de Impuesto de Inmueble la misma debe estar actualizado en la Autoridad Nacional de Administración de Tierra (ANATI).
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99-139- Solicitud de prórroga para la presentación del estudio de precios de transferencia.
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Memorial debidamente motivado, dirigido a la Dirección General de Ingresos solicitando prórroga, indicando identificación del contribuyente, periodo fiscal y motivo de la prórroga
Copia vigente de cédula o pasaporte del solicitante
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Los documentos deben ser presentados ante el Departamento de Precios de Transferencia.
Esta solicitud debe realizarse antes del vencimiento del término otorgado por ley.
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99-140- Solicitud de prórroga para la entrega de información solicitada por el departamento de precios de transferencia.
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Memorial debidamente motivado, dirigido a la Dirección General de Ingresos solicitando prórroga, indicando identificación del contribuyente, periodo fiscal y motivo de la misma
Copia vigente de cédula o pasaporte del solicitante
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado.
Los documentos deben ser presentados ante el Departamento de Precios de Transferencia.
Esta solicitud debe realizarse antes del vencimiento del término otorgado por ley.
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99-141- Solicitud de cambios o modificaciones registro único de contribuyentes (RUC), persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Formulario de modificación de registro único de contribuyentes (RUC)
Copia vigente de cédula o pasaporte del representante legal
Copia del acta de reunión inscrita en el Registro Público de Panamá con los cambios a realizar. (No es necesario para cambio de correo electrónico)
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
*El formulario se encuentra disponible en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite le permite adquirir su número de identificación tributaria.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o de forma presencial (si no tiene NIT), por el apoderado legal (abogado) en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-142- Solicitud de inactivación registro único de contribuyentes (RUC), por disoluciones o cese de operaciones, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado, siempre que el Representante Legal no comparezca personalmente
Memorial original y copia solicitando a la Dirección General de Ingresos (DGI), la aceptación de la disolución de la sociedad debidamente firmada por el apoderado legal
Copia vigente de cédula o pasaporte del representante legal
En el caso de disoluciones, presentar escritura pública en donde se disuelve la sociedad debidamente inscrita en el Registro Público de Panamá
Constancia de Inscripción de Disolución en Registro Público
Cierre del aviso de operaciones del Ministerio de Comercio e Industrias o certificación de no poseer el mismo
Declaración de renta final (la fecha debe ser igual a la de la aprobación de la disolución en Registro Público)
Presentar certificación por cese de operación de la Caja de Seguro Social
No tener expediente abierto o saldo pendiente
Debe tener el Representante Legal actualizado en el e-Tax2.0
Debe tener cancelada la obligación de ITBMS y presentar la declaración final de este impuesto
Paz y salvo de la DGI
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Debe presentar la Declaración Final en el e-Tax2.0 antes de los 30 días calendario después de la fecha aprobada de Disolución en el Registro Público.
Esta solicitud debe realizarse dentro de los 30 días posteriores a la terminación de operaciones.
Nota: El contribuyente debe estar paz y salvo y no tener expedientes abiertos en la Sección de Cuenta Corriente ni el Departamento Cobranzas de la Dirección General de Ingresos, ni reportes de pagos recibidos. No estar omiso en presentación y pago de ITBMS, presentación de declaraciones de renta de periodos anteriores, y la aplicación de las mismas.
El contribuyente no debe tener ningún recurso en trámite ante la Dirección General de Ingresos, Tribunal Administrativo Tributario o ante la Corte Suprema de Justicia.
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99-143- Solicitud de cambio de registro único de contribuyente (RUC) persona jurídica, duplicidad del registro único de contribuyente (RUC).
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la cancelación del registro único de contribuyente (RUC) incorrecto y el traslado de pagos y declaraciones el registro único de contribuyente, correcto, firmado por el apoderado. En ella se debe justificar porqué solicita la cancelación, traslado de pagos y declaraciones al registro único de contribuyente, (RUC) correcto
Copia vigente de cédula de identidad o pasaporte del representante legal
Copia vigente de cédula del abogado a quien se le da poder
Certificado original vigente emitido en el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios o copia del pacto de constitución de la sociedad
Trámite gratuito
Si el Representante legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un abogado mediante poder notariado.
Una vez realizado este trámite se inactivará el Registro Único de Contribuyente (RUC) incorrecto.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-144- Recepción declaración jurada de ganancia de capital venta de inmueble 3% y declaración jurada del impuesto de transferencia del inmueble del 2%, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Contrato de compraventa o minuta acompañado de copia de la idoneidad del abogado y copia de cédula de este, vigente
Copia vigente de cédula o pasaporte del vendedor y del comprador
Copia de la escritura pública de la propiedad
Copia de los formularios 106-107, firmado por el Contribuyente
Boleta de pago de impuesto (impuesto 113 - 120)
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el abogado en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-145-
Solicitud de inscripción certificado o resolución de incentivo (reinversión y de estabilidad jurídica), ministerio de comercio e industria, (MICI).
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Resolución o certificación en original y copia del incentivo otorgado por el Ministerio de Comercio e Industria, (MICI)
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización simple.
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99-146- Solicitud de registro de certificado de la Autoridad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME), persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el abogado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando el registro del certificado de la Micro Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME)
Copia vigente del pacto social o copia del certificado de Registro Público
Certificado emitido por la Autoridad de la Micro Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME), original y copia
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia de cédula vigente del abogado a quien se le dio el poder
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización simple.
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99-147- Presentación de compra de acciones a título gratuito.
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Poder notariado otorgado por el contribuyente a un abogado
Contrato de compra de acciones. En caso de estar en otro idioma; debe ser traducido por un traductor público autorizado; este debe estar apostillado o autenticado
Declaración jurada notariada del vendedor y comprador que acredite que el traspaso se realizó a título gratuito
Copia de cédula vigente y carnet de idoneidad del contador público autorizado
Formulario de Compra de Acciones 108, firmada por el comprador
Si es una sociedad constituida en el extranjero, se debe presentar pacto de constitución, apostillado y si este está escrito en otro idioma, debe ser traducido por un traductor público autorizado
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal (comprador/vendedor)
Certificación jurada ante notario por un contador público autorizado, que acredita o certifica dicho traspaso
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Si es una sociedad constituida en el extranjero, la misma debe hacer sido inscrita en la Dirección General de Ingresos.
El formulario de compra de acciones debe registrarse en línea y ser presentado presencialmente con los documentos aquí descritos.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización simple.
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99-148- Solicitud de registro de fusión de sociedades.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando el registro de la fusión de la sociedad
Certificado original vigente, emitido por Registro Público de Panamá de la sociedad absorbente; referente a la inscripción del convenio de fusión de la sociedad
Copia de escritura pública debidamente inscrita en el Registro Público de Panamá donde conste el convenio de fusión de la sociedad
Declaración Jurada de un contador autorizado, donde se haga constar si la fusión está sujeta al pago de tributos; así como también, la obligación de los accionistas de la sociedad extinguida acorde con los artículos 1° y 2° del Decreto Ejecutivo N°18 de 1994
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización simple.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Se requiere la actualización del registro único de contribuyente (RUC), en que la sociedad absorbente o la resultante tengan nuevas actividades mercantiles.
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99-149- Solicitud para la autorización de recibir donaciones deducibles del impuesto sobre la renta de los organismos sin fines de lucro.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); justificando el hecho o fundamento de la solicitud; este debe estar amparado con el objetivo que señalan los estatutos de la organización
Listado de al menos 5 de los miembros de la junta directiva, que integren la organización, con sus firmas y adjuntar copias de cédulas, vigente
Indicar la sede efectiva o domicilio de la organización y el calendario de las reuniones de la junta directiva de la organización
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la organización
Copia autenticada de la resolución emitida por la institución gubernamental competente (Ministerio de Desarrollo Social (MIDES); Ministerio de Salud (MINSA), Ministerio de Ambiente (MIAMBIENTE), Ministerio de Educación (MEDUCA), Ministerio de Cultura (MICULTURA), Ministerio de Gobierno (MINGOB), en la cual se resuelve que la actividad es educativa o de beneficencia al país, sin fines lucrativos
Copia autenticada por notario público de la escritura donde se constituye la organización y sus estatutos
Copia de la última planilla de la Caja de Seguro Social, si tiene empleados
Plan de trabajo de los próximos 5 años, debidamente firmado por el representante legal de la organización, a partir del momento que se realiza la solicitud
Pruebas que contengan información sobre la puesta en marcha de los planes y programas de la organización, como: revistas, fotos, folletos, panfletos, recortes de periódico y documentos similares de los últimos 3 años
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Esta solicitud puede realizarla en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), procederá a verificar mediante inspección ocular las instalaciones de la sede de la organización, para verificar que la misma esté funcionando como entidad de educación o de beneficencia para el país.
La inspección ocular será coordinada a través del representante legal, apoderado o algún miembro de junta directiva.
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99-150- Solicitud de cambio de periodo fiscal, persona jurídica.
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Copia vigente del aviso de operaciones
Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Copia cotejada ante notario de la cédula del representante legal
Copia de cédula vigente y copia carnet de idoneidad del abogado
Memorial explicativo original, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando el cambio
Certificado original vigente, emitido por Registro Público de Panamá
Copia de constitución del pacto social y sus modificaciones
Copia de la declaración de renta
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal, en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-151- Interposición de recursos de reconsideración, persona natural.
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Poder notariado otorgado por el contribuyente a un abogado
Escrito del recurso de reconsideración dirigido a la Dirección General de Ingresos. Este debe aparecer en forma ordenada, el detalle de las pruebas que se están aportando
Copia de cédula vigente del contribuyente
Copia de cédula vigente y copia carné de idoneidad del abogado
Trámite gratuito
Si el contribuyente se presenta con su abogado no requiere de poder notariado. (En este supuesto es necesario que la sección de RUTT deje constancia acerca que la reconsideración en efecto fue presentada por ambas partes de forma presencial)
Si el contribuyente es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota debidamente notariada.
Los documentos de las pruebas deben de aparecer de forma ordenada y enlistada como se detalla en el escrito de recurso de reconsideración.
Recurso de reconsideración deberá ser sustentado dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución objeto del recurso.
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99-152- Interposición de recursos de reconsideración, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia de cédula vigente y copia carné de idoneidad del abogado
Escrito del recurso de reconsideración dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), en este debe aparecer en forma ordenada el detalle de las pruebas que se están aportando
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y conste quién ejerce de representante legal
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado (En este supuesto es necesario que la sección de RUTT deje constancia acerca que la reconsideración en efecto fue presentada por ambas partes de forma presencial).
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota debidamente notariada.
Los documentos de las pruebas deben de aparecer de forma ordenada y enlistada como se detalla en el escrito de recurso de reconsideración.
Recurso de reconsideración deberá ser sustentado dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución objeto del recurso.
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99-153- Consultas de criterios jurídicos, persona natural.
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Memorial firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la consulta. Esta debe estar basada en un hecho concreto
Copia de cédula vigente del contribuyente
Trámite gratuito
Las consultas deben cumplir lo señalado en el Artículo 170 del Decreto 170 de 1993.
Esta solicitud puede ser solicitado de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
El contribuyente podrá anexar otros documentos adicionales a los que se solicitan que sirvan de apoyo para la consulta.
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99-154- Consultas de criterios jurídicos, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia de cédula y copia carné de idoneidad del abogado
Memorial firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la consulta, esta debe estar basada en un hecho concreto
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la sociedad
Trámite gratuito
Si el contribuyente se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado no requiere presentar poder notariado.
Las consultas deben cumplir lo señalado en el Artículo 170 del Decreto 170 de 1993.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización simple.
El contribuyente podrá anexar otros documentos adicionales a los que se solicitan que sirvan de apoyo para la consulta.
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99-155- Solicitud de certificado de no contribuyente de ITBMS, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando el certificado de no contribuyente de ITBMS, En él se debe explicar la actividad que se realiza
Copia simple de aviso de operación emitido por el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI)
Copia simple vigente de cédula de identidad vigente personal, carné de residente permanente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente y copia de carné de idoneidad del abogado
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y donde conste quién ejerce la representación legal
Copia simple de la declaración de renta del periodo fiscal anterior a la solicitud
Trámite gratuito
Esta solicitud se realiza de manera presencial en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el contribuyente se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado no requiere presentar poder notariado.
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99-156- Solicitud de copias simples o autenticadas de expedientes, persona jurídica.
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Memorial dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando las copias, firmado por el representante legal o su apoderado (especial o general). En ella debe indicar el nombre completo, número de RUC, número y la fecha de la resolución del proceso
Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia de cédula vigente y carné de idoneidad del abogado
Trámite gratuito
Si el expediente que se desea obtener copia es un recurso, este debe ser solicitado por medio de un apoderado especial.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el representante legal o su apoderado (especial o general) en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-157- Solicitud de anulación del registro único de contribuyente (RUC), persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la anulación del registro único de contribuyente (RUC)
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la personería jurídica y dónde conste, quién ejerce la representación legal
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia de cédula y carnet de idoneidad del abogado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Esta solicitud solo aplicara por duplicidad de formularios, informe o declaraciones.
La administración tributaria determinará la aceptación de esta solicitud.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización simple.
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99-158- Solicitud de prescripción impuestos, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá donde conste la existencia de la persona jurídica y su representante legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); especificando la prescripción del impuesto y del o los periodos que solicite; el mismo debe incluir información de contacto: dirección, teléfono y correo electrónico
Si el solicitante se hace representar a través de una firma de abogados, esta última deberá aportar certificado original vigente emitido por el Registro Público de Panamá, donde consten los socios o abogados autorizados para representar a la firma
Copia simple de cédula vigente de identidad personal, carné de residente permanente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente y carnet de idoneidad del abogado
En caso de solicitud de prescripción de impuesto de inmueble, adicionar certificado original emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la propiedad del inmueble
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax 2.0. o de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
En caso de solicitud de prescripción de Impuesto de Inmueble la misma debe estar actualizado en la Autoridad Nacional de Administración de Tierra (ANATI).
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99-159- Notificación, persona natural.
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Copia de cédula vigente, carné de residente permanente o pasaporte
Si el contribuyente, no puede comparecer, deberá presentar un escrito de notificación notariado, dirigido, copia dirigida a la Dirección General de Ingresos (DGI); donde se da por notificado del acto respectivo y si a bien lo tiene, podrá autorizar al portador del escrito de notificación, a fin de que retire la copia autenticada de la resolución, objeto de notificación
Si el contribuyente lo desea podrá hacerse representar por un apoderado legal mediante poder notariado, a efectos de darse como notificado y en ese caso, debe adjuntar copia de cédula vigente y copia de carné de idoneidad del abogado
Si el contribuyente lo desea, podrá hacerse representar por medio de un apoderado general; deberá aportar copia autenticada de escritura pública, donde conste la inscripción en el Registro Público de Panamá del poder otorgado o podrá presentar certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá que acredite dicho poder y las facultades del apoderado
Si el contribuyente se hace representar a través de una firma de abogados, esta última deberá aportar certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá donde consten los socios o abogados autorizados para representar a la firma
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial el contribuyente o apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota notariada a presentar la notificación por escrito.
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99-160- Notificación, persona jurídica.
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Copia simple de cédula vigente del representante legal, pasaporte o carné de residente permanente
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste la existencia de la persona jurídica, y su representante legal
Si el representante legal no puede comparecer, deberá presentar un escrito de notificación notariado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); donde se da por notificado del acto respectivo y si a bien lo tiene, podrá autorizar al portador del escrito de notificación, a fin de que retire la copia autenticada de la resolución, objeto de notificación
Si el representante legal lo desea podrá hacerse representar por un apoderado legal mediante poder notariado a efectos de darse como notificado
Si el representante legal lo desea, podrá hacerse representar por medio de un apoderado general, deberá aportar copia autenticada de escritura pública, donde conste la inscripción en el Registro Público de Panamá del poder otorgado o podrá presentar certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá que acredite dicho poder y las facultades del apoderado
Si el representante legal se hace representar a través de una firma de abogados, esta última deberá aportar certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste los socios o abogados autorizados para representar a la firma
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota notariada a presentar la notificación por escrito.
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99-161- Solicitud exoneración de impuesto de inmueble: Propiedad horizontal, persona jurídica.
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Poder notariado, otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado; dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble, El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia vigente de cédula o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente e idoneidad del apoderado legal
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Copia de la escritura pública de venta del inmueble
Copia completa de la escritura pública de Incorporación a propiedad horizontal
En caso de que la escritura no lo detalle, presentar copia de los permisos de construcción y ocupación, emitido por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales del área en donde esté ubicado el inmueble
Trámite gratuito presencial
Si el abogado no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero a realizar el mismo, mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite se podrá realizar en la oficina regional donde está ubicada la propiedad
En caso de no tener la(s) escritura(s), presentar el certificado original de propiedad emitido por el Registro Público de Panamá, detallando: el número de inmueble, fecha de adquisición, nombre de los propietarios, quien declara las mejoras, fecha de las mejoras, valor del terreno, valor de las mejoras, valor total del inmueble y régimen de Propiedad Horizontal.
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99-162- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de la escritura pública del inmueble con sellos de mejoras y venta
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente e idoneidad del abogado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
En caso de que la escritura no lo detalle, el permiso debe presentar copias de los permisos de construcción y ocupación emitido por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales, del área en donde esté ubicado el inmueble
Trámite gratuito
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero a realizar el mismo, mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax 2.0 o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite se podrá realizar en la oficina regional donde está ubicada la propiedad.
En caso de no tener la(s) escritura(s), presentar el certificado original de propiedad emitido por el Registro Público de Panamá, detallando: el número de inmueble, fecha de adquisición, nombre de los propietarios, quien declara las mejoras, fecha de las mejoras, valor del terreno, valor de las mejoras, valor total del inmueble y régimen de Propiedad Horizontal.
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99-163- Solicitud de igualación de valores impuesto de inmueble, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la igualación de valores del impuesto de inmueble; el mismo debe indicar número de teléfono residencial y correo electrónico
Copia de la escritura pública con sellos de mejoras y venta
Copia vigente de cédula o pasaporte del representante legal
Copia de cédula y carnet de idoneidad del abogado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Copia de la certificación emitida por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales, del área en donde se encuentre ubicado el inmueble, donde indique la fecha del permiso de ocupación y construcción
Trámite gratuito
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Esta solicitud debe solicitarse de manera presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-164- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble: Casas condenadas, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente y copia carnet de idoneidad del abogado
Copia de Resolución de Condena, emitida por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT), donde indique que el inmueble está habitado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, con las generales del inmueble
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad, sus dignatarios y representante legal
Nota del Juzgado de Paz del lugar donde se encuentre el inmueble, indicando que el mismo está condenado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular el inmueble.
Esta solicitud puede realizarla de manera presencial ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0 o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-165- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble: Cooperativas.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Declaración jurada
Vista fotográfica
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula y copia carnet de idoneidad del abogado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble
Certificado original emitida por el Instituto Panameño Autónomo de Cooperativas (IPACOOP), que los autoriza para su funcionamiento
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización simple.
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99-166- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble: Cultos permitidos por el Estado.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando
La exoneración del inmueble donde se realiza actualmente el culto. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente y copia del carnet de idoneidad del abogado
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la personería jurídica de la iglesia
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble
Certificación del Ministerio de Gobierno (MINGOB), que los acredite como asociación sin fines de lucro
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0 o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización simple.
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99-167- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble: Asociaciones sin fines de lucro
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Declaración jurada
Vista fotográfica
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble donde actualmente opera la asociación sin fines de lucro. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente y copia carnet de idoneidad del abogado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la organización
Certificación del Ministerio de Gobierno (MINGOB), que los acredite como organización sin fines de lucro
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble vigente
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido .
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización simple.
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99-168- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble: Actividad turística.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente y copia de carnet de idoneidad del abogado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble
Copia autenticada de la certificación emitida por la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP), donde legalice que la sociedad está inscrita en el Registro Nacional de Turismo
Copia autenticada de la resolución emitida por la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP), mediante el cual autoriza a la sociedad a tramitar los beneficios fiscales pertinentes, ante la Dirección General de Ingresos (DGI)
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-169- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble trasferencia de bienes inmuebles (2%): Reforestación, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente y copia de carnet de idoneidad del abogado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble
Certificación de la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), en donde indique el valor del inmueble y la superficie
Plan de manejo o plan de finca aprobado por el Ministerio de Ambiente (MI AMBIENTE)
Certificación del Ministerio de Ambiente (Mi Ambiente), que indique desde cuando la finca está inscrita a la actividad de reforestación, bajo que registro forestal, la cantidad de hectáreas reforestadas y su respectivo porcentaje
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización simple.
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99-170- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble ubicado en el Área Económica especial Panamá Pacífico.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble
Copla de la escritura pública de venta
Copia del Contrato de Desarrollo Maestro
Copia de la resolución administrativa donde se inscribe la empresa solicitante
Trámite gratuito
Este trámite es realizado a través de la empresa London & Regional el administrador del área.
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99-171- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble ubicado en el Casco Antiguo, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente y copia carnet de idoneidad del abogado
Copia de certificación emitida por el Instituto Nacional de Cultura (INAC); donde certifican que el inmueble se encuentra ubicado dentro de los límites del Conjunto Monumental Histórico del Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá
Certificación de permiso de ocupación expedido por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales
Certificación expedida por el Instituto Nacional de Cultura (INAC); donde se hace constar que el proyecto, reúne los requisitos exigidos por ley como área especial del Casco Antiguo
Copia simple de la escritura donde la sociedad declara mejoras del inmueble o certificación emitida por el Registro Público de Panamá donde conste las mejoras
Certificación original emitida por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia, sus dignatarios y representante legal
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0 o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero, por medio de una nota simple.
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99-172- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble cuyas fechas de los permisos de construcción y ocupación no consten en el municipio correspondiente, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico, firmado por el apoderado legal
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente y copia del carnet de idoneidad del abogado
Certificación expedida por el Departamento de Ingeniería Municipal, donde conste que en sus archivos no existen fechas de los Permisos de Construcción y Ocupación
Copia de la escritura pública del inmueble
Copia del contrato del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacional (IDAAN); o certificación emitida por esta instancia donde conste la fecha a partir de cuándo se recibe el servicio de agua
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia, sus dignatarios y representante legal, vigente
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un apoderado legal mediante poder notariado si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0 o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
En caso de no tener la(s) escritura(s), presentar el certificado original de propiedad emitido por el Registro Público de Panamá, detallando: el número de inmueble, fecha de adquisición, nombre de los propietarios, quien declara las mejoras, fecha de las mejoras, valor del terreno, valor de las mejoras, valor total del inmueble.
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99-173- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble: Zonas procesadoras.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente y copia del carnet de idoneidad del abogado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
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Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble vigente
Resolución de la Comisión Nacional de Zonas Procesadoras para la Exportación
Certificación de la Dirección Nacional de Promoción de las Exportaciones, del Ministerio de Comercio e Industrias de Panamá
Licencia de Promotores y Operadores de Zonas Procesadoras para la Exportación
Certificación de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, de no exención del Impuesto de transferencia de bienes corporales muebles y la presentación de servicios (ITBMS)
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla en ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0 o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-174- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble, ubicados en áreas revertidas, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula y copia del carnet de idoneidad del abogado
Copia de la escritura pública, con sellos de mejoras y venta o certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, con las generales del inmueble vigente (si la venta se ha realizado antes del 31 de diciembre de 2003)
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia, sus dignatarios y representante legal de la persona jurídica
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización simple.
De no tener la escritura, traer Certificado Original emitido por el Registro Público de Panamá, detallando: Número de Inmueble, fecha de adquisición, nombre de los propietarios, quien declara las mejoras, fecha de las mejoras, valor del terreno, valor de las mejoras y valor total del Inmueble. (Si la venta se ha realizado hasta el 31 de diciembre de 2003).
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99-175- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble dedicados a las actividades agropecuarias, persona jurídica.
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Memorial de solicitud, que cumpla las formalidades que establezca la Dirección General de Ingresos, donde se deberá indicar las generales de la finca, correo electrónico y teléfono de contacto
Certificación expedida por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), e Informe técnico que indique:
a. Que las fincas estén dedicadas a la actividad agropecuaria tengan uso adecuado según la costumbre de la región.
b. Que se acoge a programas de regionalización de la producción establecidos por dichas dependencias estatales.
c. Fecha en la que la finca dio inicio a la actividad agropecuaria de manera ininterrumpida.
d. Actividad agropecuaria específica a la que se dedica la finca.
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, Sección de la Propiedad, donde consten las generales de la finca cuya exoneración se solicita
Certificación de la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), en donde conste el detalle de la superficie y el valor catastral de la finca que no sea superior a quinientos mil balboas con 00/100 (B/. 500,000.00)
Copia vigente de cédula o pasaporte del propietario de la finca o representante legal vigente
Poder y solicitud debidamente notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la sociedad, sus dignatarios y la representación legal de la misma
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca, objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-176- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble dedicados a las actividades de reforestación, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono residencial y correo electrónico
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia de cédula y copia carnet de idoneidad del abogado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble
Certificado original emitido por la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), que indique el valor del Inmueble y detalle la superficie
Plan de manejo o plan de finca aprobado por el Ministerio de Ambiente (MIAMBIENTE)
Certificación del Ministerio de Ambiente (MIAMBIENTE), en donde indique desde cuándo el inmueble está inscrito a la actividad de reforestación, bajo qué registro forestal, la cantidad de hectáreas reforestadas y su respectivo porcentaje
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-177- Solicitud de exoneración de impuesto inmueble misiones diplomáticas: Embajadas.
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Poder notariado otorgado por el embajador a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del inmueble, indicando la ley bajo la cual obtiene el beneficio. El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, que indique las generales del inmueble, tales como valor y fecha de adquisición
Copia de la escritura pública, con sellos de mejoras y venta
Copia de pasaporte vigente del embajador
Copia de cédula y copia de carnet de idoneidad del abogado
Copia de canje de nota notariada emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores
Trámite gratuito
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Esta solicitud puede realizarla en ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-178- Solicitud de corrección de exoneración del impuesto de inmueble, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando corrección de exoneración del inmueble. El mismo debe indicar, número de teléfono residencial y correo electrónico
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia de cédula y copia del carnet de idoneidad del abogado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Copia de la certificación emitida por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales, del área en donde se encuentre ubicado el inmueble, donde indique la fecha de permiso de ocupación y construcción
Copia de la escritura pública, con sellos de las mejoras y venta
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-179- Solicitud de certificado de paz y salvo refrendado, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el contribuyente, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando el Certificado de Paz y Salvo, el mismo debe incluir la información de contacto como teléfono y correo electrónico
Copia de cédula o pasaporte vigente del contribuyente
Copia de aviso de operación (si aplica)
Paz y salvo rechazado emitido por la Dirección General de Ingresos
Estado de cuenta actualizado
Trámite gratuito
Si el contribuyente se presenta con su abogado no requiere poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el contribuyente es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede ser solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una carta de autorización notariada.
Una vez le sea aprobado el Certificado de Paz y Salvo, se contactará vía telefónica o correo electrónico, podrá imprimir el certificado ingresando al Sistema e-Tax2.0.
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99-180- Solicitud de certificado de paz y salvo refrendado, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), sustentando las razones de dicha solicitud. Se debe incluir como información de contacto,8 número de teléfono y correo electrónico. Si mantiene cobros pendientes con entidades del Estado, deberá especificar el detalle de los mismos y adjuntar copia de factura
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia de cédula y copia de carnet de idoneidad del abogado
Paz y salvo rechazado emitido por la Dirección General de Ingresos
Estado de cuenta actualizado
Certificadp gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere abogado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede ser solicitarlo de forma presencial por el abogado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el abogado legal puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Una vez le sea aprobado el Certificado de Paz y Salvo, se contactará vía telefónica o correo electrónico, y podrá imprimir el certificado ingresando al sistema e-Tax2.0.
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99-181- Solicitud de convenio de pago, persona jurídica e inmueble jurídico.
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Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Acta original de la junta directiva notariada donde se autoriza el convenio de pago, y se designa a la persona que firmará dicho convenio
Copia del último recibo de un servicio básico (agua, cable, luz o teléfono), donde aparezca la dirección del contribuyente
Trámite gratuito
Si el representante legal no puede realizar el trámite debe autorizar a un abogado mediante poder notariado, este a su vez podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple, esta solicitud puede realizarla en línea o presencial por el representante legal o apoderado en la sede u oficinas regionales de la Dirección General De Ingresos (DGI). Solicitud en línea no requiere documentos.
Para solicitar un convenio de pago el contribuyente debe realizar un abono inicial mínimo del veinte por ciento (20%) del monto total de la deuda. Para obtener un Certificado de Paz y Salvo el contribuyente deberá realizar un pago igual o mayor al cuarenta y cinco por ciento (45%), del monto total de la deuda establecida en el convenio.
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99-182- Solicitud de devolución de depósitos inactivos, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución de impuesto y monto
Copia de la cédula vigente del representante legal
Copia de cédula y copia de carnet de idoneidad de un abogado
Certificado del banco, donde consta número y fecha del cheque de la liquidación de ingresos y el monto por el cual ingresó al Tesoro Nacional, el respectivo depósito
Certificado del banco, donde consta el nombre y cédula del administrador de la cuenta, en caso de depósito(s) relacionado(s) con menores de edad
Certificado original vigente emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede ser solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-183- Solicitud de devolución impuesto de inmueble pagados indebidamente o en exceso, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Copia de cédula e idoneidad vigentes del abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución de impuesto, indicando los pagos que estén en crédito
Copia de lo(s) comprobante(s) de pago de impuesto de inmueble
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia de cédula y copia de carnet de idoneidad del abogado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede ser solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-184- Solicitud de devolución impuesto sobre la renta, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Copia de cédula e idoneidad vigente del abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución de impuesto y monto, indicando los números de recibo y fecha de pago de los impuestos que se solicita devolver
Copia de cédula vigente del representante legal
Certificado original vigente emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede ser solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal puede no realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-185- Solicitud de devolución de impuesto a la transferencia de bienes inmuebles (ITBI) y de impuesto sobre la renta por enajenación de bienes inmuebles y muebles (ISR-EBIM), persona jurídica, por no perfeccionada la venta.
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Poder otorgado por el representante legal a abogado idóneo
Copia de cédula e idoneidad vigente del apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitan do la devolución de impuesto y monto
Copia de cédula vigente del representante legal
Originales o copias de boletas de pago
Copia de los Formularios 106 y 107 debidamente anulados
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Debe haber sido solicitado y anulado los formularios 106 y 107, previamente.
Este trámite puede ser solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-186- Solicitud de devolución impuestos de bienes inmuebles por ganancia capital, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución de impuesto y monto
Originales de certificación de Registro Público del propietario de inmueble
Copia de cédula vigente del representante legal
Formulario 107 de ganancia de capital de la devolución solicitada
Copias de boletas de pagos
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede ser solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-187- Solicitud de devolución impuestos compra/ venta de acciones, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado (vendedor), dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución de impuesto y monto
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Contrato de compra/venta de acciones debidamente timbrado o con sus boletas de timbre
Comprobante de justificación de costos
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia vigente de cédula y carnet de idoneidad del abogado
Formulario de Venta de Acciones 108
Copias de boletas de pagos
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede ser solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-188- Solicitud de devolución impuestos de registro de marcas de fábrica, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado.
● Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la devolución de impuesto y monto
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Copia autenticada de resolución de comercio Interior emitido por Ministerio de Comercio e Industrias
Copia de liquidación de ingresos al Ministerio de Economía y Finanzas (recibo de pago)
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia de cédula y carnet de idoneidad del abogado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede ser solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-189- Solicitud de devolución otros impuestos, tributos, sanciones e intereses, pagos a cuenta y otros, persona jurídica.
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Copia vigente de cédula e idoneidad del apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI): solicitando la devolución de impuesto y monto
Orden de devolución por la entidad competente, que ordenó el pago (si aplica)
Certificado original vigente emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Copia de cédula vigente del representante legal
Copias de las boletas de pagos en la cual ingresó al Tesoro Nacional
Para efecto de solicitud de Tasa Única por disolución de la sociedad, debe presentar primero, los documentos correspondientes a ese trámite de disolución
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede ser solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-190- Solicitud para el reconocimiento de exoneraciones en su calidad de contratistas y/o subcontratista del Metro de Panamá.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial dirigido a la Dirección General de Ingresos (en cumplimiento con el artículo 1201 del CF)
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que haga constar la existencia de la sociedad, su representante legal, así como sus directores
Copia del Contrato o Convenio suscrito con el Metro de Panamá o Contratistas, cotejado ante notario público
Copia de la nota de Inscripción o Actualización del Registro Especial de la Oficina Tripartita, emitida por la Dirección de Finanzas de la Oficina Tripartita del Metro de Panamá
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia vigente de cédula y carnet de idoneidad del abogado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-191- Solicitud de reconocimiento de exoneraciones, Casco Antiguo.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial dirigido a la Dirección General de Ingresos (en cumplimiento con el artículo 1201 del CF)
Copia de la Certificación emitida por la Dirección Nacional del Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura, donde conste la ubicación del inmueble
Certificado de persona jurídica de la sociedad solicitante y Certificado de Inmueble que acredite a la sociedad como propietaria del inmueble
Permiso de ocupación del inmueble
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple
Los memoriales deben estar confeccionados de acuerdo con el artículo 1201 del Código Fiscal.
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99-192- Solicitud de crédito fiscal aplicable al impuesto de inmueble de hospitales.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando el crédito fiscal, esta debe incluir información de contacto como teléfono y correo electrónico
Declaración jurada del contribuyente donde se haga constar existencia del inmueble y el título de propiedad, a favor del contribuyente que brinda el servicio
Certificado original emitido por Ministerio de Salud (MINSA), en donde haga constar que en el inmueble opera un centro hospitalario debidamente autorizado
Certificado original emitido por el Ministerio de Salud (MINSA), en donde se haga constar el valor total de los servicios médicos brindados a panameños de escasos recursos
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que haga constar la existencia de la sociedad, su representante legal, así como sus directores
Certificado original de propiedad emitido por el Registro Público de Panamá, donde acredite que el inmueble es propiedad del hospital
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia vigente de cédula y carnet de idoneidad del abogado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Los memoriales deben estar confeccionados de acuerdo con el artículo 1201 del Código Fiscal.
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99-193- Solicitud de crédito fiscal aplicable al impuesto de inmueble de colegios privados.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando el crédito fiscal; esta debe incluir información de contacto como teléfono y correo electrónico
Declaración jurada rendida por el representante legal de la sociedad ante notario público donde conste la actividad ejercida como colegio particular
Copia del Certificado o Resolución, cotejada ante notario público
Certificado original emitido por el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU); en donde se haga constar el valor total de las becas otorgadas al año fiscal solicitado
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá que haga constar la existencia de la sociedad, su representante legal, así como sus directores
Certificado original de propiedad emitido por el Registro Público de Panamá, donde conste que el inmueble es propiedad del colegio
Copia de cédula del representante legal
Copia de cédula y carnet de idoneidad del abogado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Los memoriales deben estar confeccionados de acuerdo con el artículo 1201 del Código Fiscal.
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99-194- Solicitud de reconocimiento de exoneración del ITBMS, contrato con el Estado.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando el certificado de contrato con el Estado; esta debe incluir información de contacto como teléfono y correo electrónico
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que haga constar la existencia de la sociedad, su representante legal, así como sus directores
Copia autenticada ante un notario público del convenio o contrato con el Estado
Copia autenticada ante un notario público del aviso de operación en donde la actividad económica coincida con el convenio o contrato
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia de cédula y carnet de idoneidad del abogado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Los memoriales deben estar confeccionados de acuerdo con el artículo 1201 del Código Fiscal.
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99-195- Solicitud de certificado de exoneración del ITBMS, Zona Libre de Petróleo.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando el Certificado Zona Libre de Petróleo, este debe incluir información de contacto como teléfono y correo electrónico
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá que haga constar la existencia de la sociedad, su representante legal, así como sus directores
Copia autenticada ante un notario público del convenio o contrato con el estado
Copia autenticada ante un notario público del aviso de operación
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia vigente de cédula y carnet de idoneidad del abogado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-196- Solicitud de reconocimiento de exoneraciones fiscales en calidad de empresa afiliada e integrada a la Fundación Ciudad del Saber.
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Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando el certificado de Ciudad del Saber, esta debe incluir información de contacto como teléfono y correo electrónico
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que haga constar la existencia de la sociedad, su representante legal, así como sus directores
Copia del Convenio y Certificado de Afiliación, cotejada ante notario público, suscrito con La Fundación Ciudad del Saber
Copia de cédula vigente del representante legal
Copia de cédula y carnet de idoneidad del abogado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-197- Solicitud de reconocimiento de exoneraciones para el fomento de la construcción, operación y mantenimiento de centrales y/o instalaciones solares, centrales solares.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando el certificado de empresas con centrales solares, esta debe incluir información de contacto como teléfono y correo electrónico
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que haga constar la existencia de la sociedad, su representante legal, así como sus directores
Copia de aviso de operaciones emitido por el Ministerio de Comercio e Industrias
Resolución o certificación MIPRE
Copia de la Certificación de Registro que otorga la licencia provisional o definitiva a la sociedad, emitida por la ASEP
Certificación emitida por la Secretaría Nacional de Energía, si la empresa realiza actividades distintas a la prestación de servicios públicos de electricidad
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Los memoriales deben estar confeccionados de acuerdo con el artículo 1201 del Código Fiscal.
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99-198- Solicitud de reconocimiento de exoneraciones: Zonas Francas.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando el certificado de Zona Franca, esta debe incluir información de contacto como teléfono y correo electrónico
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que haga constar la existencia de la sociedad, su representante legal, así como sus directores
Copia de aviso de operaciones emitido por el Ministerio de Comercio e Industrias
Copia de la Licencia de Operación y Resolución, emitida por el Ministerio de Comercio e Industrias, Comisión Nacional de Zonas Francas
Copia vigente de cédula y carnet de idoneidad del abogado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Los memoriales deben estar confeccionados de acuerdo con el artículo 1201 del Código Fiscal.
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99-199- Solicitud de reconocimiento de exoneraciones, Hidroeléctricas.
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Memorial dirigido a la Dirección General de Ingresos (en cumplimiento con el artículo 1201 del CF)
Certificación por parte de los auditores externos, en el mismo se debe detallar el desglose de intereses durante la construcción y los costos administrativos
Declaración jurada por el concesionario o licenciatario, indicando que no goza de otros incentivos, exoneraciones, y créditos fiscales establecidos por otras leyes, también debe indicar fecha de inicio de construcción
Copia cotejada ante notario público de contrato para la construcción de la obra civil, central hidráulica
Copia cotejada ante notario público de contrato para el suministro de los equipos electromecánicos
Copia cotejada ante notario público de permiso provisional indefinido de construcción
Copia cotejada ante notario público de la resolución emitida por el Ministerio de Ambiente (MIAMBIENTE), que aprueba el estudio de impacto de ambiental del proyecto
Copia cotejada ante notario público del contrato de concesión permanente para el uso de agua, suscrito con el Ministerio de Ambiente (MIAMBIENTE)
Copia cotejada ante notario público del contrato de concesión con la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP)
Detalles del costo del proyecto
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-200- Solicitud de reconocimiento de exoneraciones, Farmacias.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando el certificado de exoneración de impuestos, esta debe incluir información de contacto como teléfono y correo electrónico
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que haga constar la existencia de la sociedad, su representante legal, así como sus directores
Resolución emitida por el Ministerio de Comercio e Industrias, donde consta la inscripción de la sociedad
Certificación y Registro Sanitario, emitido por la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud
Copia del aviso de operación
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Los memoriales deben estar confeccionados de acuerdo con el artículo 1201 del Código Fiscal.
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99-201- Solicitud de inscripción entidades que deseen realizar actividades de préstamos hipotecarios con intereses preferenciales.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando intereses preferenciales por préstamo hipotecario, esta debe incluir información de contacto como teléfono y correo electrónico
Certificado original vigente, emitido por el Registro Público de Panamá, que haga constar la existencia de la sociedad, su representante legal, así como sus directores
Copia de licencia que los habilita para dedicarse al negocio de otorgar préstamos hipotecarios o a la industria de la construcción
Copia de licencia que los habilita a dedicarse al negocio de otorgar préstamos hipotecarios, exceptuando los bancos, entidades financieras estatales, y las asociaciones de ahorro y préstamos para la vivienda
Certificación expedido por un contador público autorizado (CPA), acreditando que se dedican al negocio de otorgar préstamos hipotecarios de forma habitual; entendiéndose por ello, haber realizado veinte (20) o más préstamos hipotecarios durante el año anterior o el mantenimiento de una cartera crediticia para préstamos de esta naturaleza, por sumas no menor de un millón de Balboas (B/.1,000,000.00), excepto los bancos, entidades financieras, y las asociaciones de ahorros y préstamos para la vivienda
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Los memoriales deben estar confeccionados de acuerdo con el artículo 1201 del Código Fiscal.
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99-202- Solicitud de registro de nuevos contratos de préstamos hipotecarios con interés preferencial.
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Certificados originales emitido por el Registro Público de Panamá, de todas las propiedades a quien se le otorgará el incentivo, que indique las generales del inmueble, la entidad quien otorga el préstamo hipotecario y el deudor
Cuadro elaborado por la entidad quien concede el préstamo hipotecario, en donde se detalla la información completa de todos los préstamos otorgados y los que desean beneficiarse con este incentivo
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Los contratos de Préstamos Hipotecarios con Interés Preferencial deben de estar debidamente registrados en el sistema e-Tax 2.0, luego de esto la documentación debe ser presentada en la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-203- Solicitud de aplicación de crédito de interés preferencial.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Solicitud impresa de incentivos, firmada por el apoderado legal, y debidamente registrada en el sistema e-Tax20
Cuadro elaborado por la entidad quien concede el préstamo hipotecario, donde se detallan los préstamos otorgados durante el trimestre y al cual se desea aplicar el crédito
Copia del certificado de la entidad quien otorgó el préstamo, emitido por el Registro Público de Panamá, que haga constar a su representante legal y sus dignatarios
Copia vigente de cédula del representante legal y del apoderado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-204- Solicitud de certificado de poder cancelatorio (CPC), persona jurídica
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial dirigido a la DGI en cumplimiento del Art. 1201 de CF
Certificado del Registro Público (actualizado) de la empresa solicitante
Copia de la cédula o pasaporte del Representante Legal
Declaración de Renta de los períodos solicitados
Copia de los Formularios 430 de Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación del Servicio (I.T.B.M.S.) pagado
Facturas de los períodos solicitados
Copia de la boleta de Liquidación en Aduanas
Copia de la boleta de Liquidación en Aduanas
Copia de las Boletas de pagos
Detalle de compras
Las copias de los formularios 430 debidamente foliados
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple
Los memoriales deben estar confeccionados de acuerdo con el artículo 1201 del Código Fiscal.
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99-205- Denuncia de evasión fiscal, omisión, retención indebida.
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El denunciante puede presentar su denuncia por cuenta propia o mediante poder notariado, otorgado por el denunciante a un apoderado legal
Si el denunciante es una persona jurídica deberá presentar la denuncia a través de abogado, acompañado del certificado del Registro Público que acredite la existencia de la persona jurídica
Memorial explicativo, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), proporcionando información suficiente que conduzca al descubrimiento del ilícito, debiendo versar sobre hechos que desconozca la Administración Tributaria
Trámite gratuito
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el denunciante o su apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
El citado Memorial explicativo deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 287 del Código de Procedimiento Tributario.
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99-206- Solicitud de autenticación certificado de paz y salvo, persona jurídica.
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Poder notariado explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la autenticación del certificado de paz y salvo
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la autenticación del certificado de paz y salvo
Certificado vigente de paz y salvo
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-207- Solicitud de reactivación de registro único de contribuyente (RUC) persona jurídica por disolución (disueltas y que no han sido liquidas).
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la reactivación del registro único de contribuyente (RUC)
Copia vigente de cédula de identidad o pasaporte del representante legal
Documento que sustente la reactivación el registro único de contribuyente (RUC)
Acta de disolución inscrita en el Registro Público
Copia autenticada de escritura del Registro Público de Panamá, donde conste la inscripción de la decisión de la asamblea de socios y accionistas, en que se apruebe la reactivación de la propiedad. La misma debe estar certificada y debidamente registrada en el Registro Público de Panamá, por quien actuó como presidente y secretario de la asamblea
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-208- Solicitud de reactivación de registro único de contribuyente (RUC), persona jurídica: Distinto a una disolución (otros casos).
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la reactivación del registro único de contribuyente (RUC)
Copia vigente de cédula de identidad o pasaporte del representante legal
Documento que sustente la reactivación del registro único de contribuyente (RUC)
Certificado original vigente, emitido en el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Documentación adicional que desee aportar, que sustente la reactivación del registro único de contribuyente (RUC)
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo, la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple
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99-209- Solicitud de cancelación de obligación del ITBMS persona jurídica: Zona Franca.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la cancelación de la obligación del ITBMS
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia de contrato de arrendamiento o permiso o clave de operación otorgado por la administración de la Zona Franca a la empresa
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-210- Solicitud de cancelación especial de la obligación del ITBMS, persona jurídica: Actividades vinculadas con la salud humana.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el abogado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la cancelación de la obligación del ITBMS
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia de certificación del consejo técnico de la salud que haga constar que la actividad está vinculada con la salud
Certificación expedido por un Contador Público Autorizado (CPA) acreditando que se dedican al negocio de otorgar Préstamos Hipotecarios de forma habitual, entendiéndose por ello, haber realizado veinte (20) o más Préstamos Hipotecarios durante el año anterior o el mantenimiento de una cartera crediticia para préstamos de esta naturaleza, por sumas no menor de un millón de balboas (B/. 1,000.000.00) excepto los Bancos, Entidades Financieras, y las asociaciones de ahorro y Préstamos para la Vivienda
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-211- Solicitud de cancelación especial de la obligación del ITBMS, persona jurídica: Actividades agropecuarias.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la cancelación de la obligación del ITBMS
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia de certificación del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), que haga constar que se dedica a la actividad agropecuaria
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-212- Solicitud de cancelación especial de la obligación del ITBMS, persona jurídica; Actividades relacionadas a la educación.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitando la cancelación de la obligación del ITBMS
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia de resolución o certificación del Ministerio de Educación (MEDUCA), que haga constar que la actividad está relacionada a la educación
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-213- Solicitud de cancelación de obligación de la declaración de renta, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la cancelación de la obligación de Renta
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia de aviso de operaciones
Certificación original emitida por el Registro Público de Panamá, que haga constar de la existencia de la sociedad y de sus dignatarios
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-214- Presentación de documentación para solicitud de declaración de renta, extemporánea persona jurídica.
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Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), donde da a conocer las razones de su omisión y solicita la aceptación de las declaraciones omisas. En ella debe incluir dirección, teléfono de contacto
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia de las declaraciones presentadas, firmadas por el representante legal y por un contador público autorizado (CPA)
Si el contribuyente tiene intereses hipotecarios, debe presentar certificación bancaria que lo acredite
Si el contribuyente va a presentar costos y gastos; este debe ser original y copias de las facturas o recibos que lo sustenten
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Estas declaraciones extemporáneas deben de ser presentadas por internet y se mantendrán en estado de “pendiente” hasta que sean revisadas y durante su revisión pueden generar un nuevo requerimiento por parte del Departamento de Fiscalización para su aceptación.
Las facturas o recibos presentados como pruebas de costos y gastos, estos deben de corresponder al periodo que esta presentado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-215- Presentación de documentación para solicitud de declaración rectificativa, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), donde da a conocer las razones por la cual rectifica la declaración. En ella debe incluir dirección, teléfono de contacto
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia de aviso de operaciones
Certificación original emitido por el Registro Público de Panamá, donde haga constar la existencia de la sociedad y dignatarios
El contribuyente debe adjuntar cualesquier documentación que apoye o sustente los cambios en la declaración rectificativa
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Estas declaraciones deben de ser presentadas por internet y se mantendrán en estado de “pendiente” hasta que se presente el memorial.
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99-216- Solicitud de autorización para la compra de alcohol medicinal, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) donde solicita la autorización para la compra de alcohol
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia autenticada del aviso de operaciones
Copla autenticada del certificado brindado por la oficina de seguridad del Cuerpo de Bomberos de Panamá
Certificación original emitido por el Registro Público de Panamá, donde haga constar la existencia de la sociedad y dignatarios
Permiso de operación actualizado por el Ministerio de Salud, (MINSA)
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Para la aprobación de la compra del alcohol el contribuyente debe presentar el formulario de compra de alcohol para uso medicinal e industrial exonerado.
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99-217- Solicitud de renovación de la autorización para la compra de alcohol, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) donde solicita la renovación de la autorización para la compra de alcohol
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Copia autenticada del aviso de operaciones
Copia de resolución anterior donde se autorizó la compra de alcohol
Certificación original emitido por el Registro Público de Panamá
Permiso de operación actualizado por el Ministerio de Salud, (MINSA)
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Para la aprobación de la compra del alcohol el contribuyente debe presentar el formulario de compra de alcohol para uso medicinal e industrial exonerado.
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99-218- Solicitud de autorización para la compra de alcohol, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI) donde solicita la importación del licor, indicando el nombre del producto, grado de alcohol y el volumen
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal.
Certificación original emitido por el Registro Público de Panamá, donde haga constar la existencia de la sociedad y dignatarios
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Para la aprobación de la compra del alcohol el contribuyente debe presentar el formulario de compra de alcohol para uso medicinal e industrial exonerado.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-219- Solicitud marbetes de licores importados con un grado de 20.1% de alcohol, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), donde solicita los marbetes para los licores importados, en la misma debe solicitar un auditor para que realice la instalación de los marbetes a la factura liquidada del produc
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Certificación original emitido por el Registro Público de Panamá, donde haga constar la existencia de la sociedad y dignatarios
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-220- Solicitud de custodia física de licor importado, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de ingresos (DGI) solicitando la custodia física del licor
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Certificación original emitido por el Registro Público de Panamá, donde haga constar la existencia de la sociedad y dignatarios
Copia de boleta de pago de impuesto 769 (Custodia Física DGI)
Tarifa por el servicio de custodia física:
Desde la provincia de Colón hasta la provincia de Chiriquí y viceversa B/.115.00
Desde la provincia de Panamá hasta la provincia de Chiriquí y viceversa B/.100.00
Desde la provincia de Panamá hasta la provincia de Coclé y viceversa B/.50.00
Desde la provincia de Herrera, Los Santos y Veraguas a Panamá y viceversa B/.70.00
Desde la provincia de Herrera, Los Santos y Veraguas a Colón y viceversa B/.90.00
Desde la provincia de Panamá hasta la provincia de Colón y viceversa B/.25.00
Entre la Zona Libre de Colón y Puerto de Cristóbal y viceversa B/.6.00
Desde la Zona Libré de Colón y Puerto de Cristóbal a cualesquier otro punto de la provincia de Colón y viceversa B/.20.00
Entre el Aeropuerto Internacional de Tocumen, Puerto de Balboa, y cualesquier otro punto dentro de los distritos de Panamá y San Miguelito B/.20.00
Entre los distritos de Arraiján y Chorrera a Panamá y viceversa B/.25.00
Entre las Aduanas de Paso Canoas, David, Puerto Armuelles, Pedregal y cualesquier otro punto dentro de la provincia de Chiriquí B/.20.00
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
La tarifa por la custodia física será distribuida de la siguiente manera: 75% para el inspector y el 25% ingresará el Tesoro Nacional. El horario regular de trabajo de los funcionarios es de lunes a viernes de 8:30am a 4:30pm, las labores fuera del horario regular se tomarán en cuenta las disposiciones legales establecidas al respecto.
La solicitud de custodia se solicita con 24 horas de anticipación siempre y cuando se tenga personal disponible.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax 2.0. o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-221- Solicitud de custodia por instalación de sellos de seguridad de licor importado, persona jurídica.
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Memorial explicativo, firmado por el representante legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI), solicitando la custodia física del licor, Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Certificación original emitido por el Registro Público de Panamá, donde haga constar la existencia de la sociedad y dignatarios
Copia de boleta de pago de del impuesto 770 (Sellos de Seguridad DGI)
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
El valor del sello será de un balboa (B/. 1.00) por cada sello que se utilice, independientemente del lugar de origen y destino, El usuario de este servicio deberá el costo de movilización del funcionario que colocara el sello.
La solicitud de custodia se solicita con 24 horas de anticipación siempre y cuando se tenga personal disponible.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-222- Solicitud de fabricación o importación de derivados del tabaco, persona jurídica.
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Copia del Pacto Social
Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Copia de cédula o pasaporte vigente del representante legal
Certificación original emitido por el Registro Público de Panamá, donde haga constar la existencia de la sociedad y dignatarios
Información completa de domicilio, número telefónico y datos generales del lugar donde recibe las notificaciones
Detalle de marcas y contenidos (nicotina, alquitrán y monóxido de carbono) de los cigarrillos
Copia autenticada de aviso de operaciones en la que haga constar la actividad de fabricación, Importación o distribución de productos derivados del tabaco
Etiquetas del producto de conformidad cómo será vendido
Declaración jurada notariada del representante legal, donde se incluyen los precios de venta al consumidor final
Paz y salvo vigente expedido por la Dirección General de Ingresos (DGI)
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-223- Solicitud de disminución del porcentaje retención del ITBMS.
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Memorial presentado a través de apoderado legal, acompañado de: poder debidamente notariado; copia de las cédulas de identidad personal del representante legal y del apoderado; y certificado del Registro Público del contribuyente
Explicación detallada de las razones por las cuales solicita la reducción del porcentaje de retención del ITBMS, debidamente motivada y sustentada; que incluya uno o varios ejemplos que reflejen distintos escenarios del punto de equilibrio estimado
Cuadro con detalle del análisis del aumento de su crédito fiscal, por efecto exclusivo de las retenciones soportadas
Auxiliar contable, en formato Excel (desbloqueado) y medio magnético, que detalle:
a) En los casos de retenciones aplicadas a las facturas:
Detalle de las facturas emitidas objeto de retención y las retenciones soportadas, que sustentan los montos acumulados de retenciones en exceso, correspondientes a los seis (6) meses anteriores a la solicitud
b) En los casos de retenciones aplicadas a operaciones de tarjetas de débito y crédito.
Detalle del reporte de ventas que emite el P.O.S. o la entidad administradora de tarjetas de débito y crédito, y las retenciones soportadas, que representan los montos acumulados de retenciones en exceso correspondientes a los seis (6) meses anteriores a la solicitud
En ambos casos la información debe ser presentada desglosando la siguiente información:
▪ RUC y DV del agente de retención
▪ Nombre o razón social del agente de retención
▪ Número de factura
▪ Fecha de la factura
▪ Monto gravado
▪ ITBMS causado
▪ ITBMS retenido
▪ Monto total de la factura
"Copia de todos los certificados de retención emitidos por los agentes de retención, que sustenten el valor total del monto acumulado, durante los seis (6) meses anteriores a la solicitud"
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-224- Solicitud de reconocimiento de crédito fiscal generado por retenciones del ITBMS y su aplicación mediante cesión de crédito.
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Memorial presentado a través de apoderado legal; en caso de ser persona jurídica o “joint venture”, conformados por personas jurídicas, con la explicación detallada de las razones por las cuales solicita el reconocimiento de crédito fiscal, generado por las retenciones del ITBMS y la aplicación mediante cesión de crédito, debidamente motivada y sustentada
Poder debidamente notariado
Copia de las cédulas de identidad personal del representante legal y del apoderado
Certificación expedida por el Registro Público que acredite la existencia, vigencia y representación legal de la sociedad
Copia del acuerdo de cesión firmado entre el cedente y el cesionario debidamente autenticado
Requisitos de Fondo:
1) Cuadro con detalle del análisis del aumento de su crédito fiscal por efecto exclusivo de las retenciones soportadas;
2) Auxiliar contable, en formato en Excel (desbloqueado), en medio magnético, que detalle:
a) En los casos de retenciones aplicadas a las facturas:
Detalle de las facturas emitidas objeto de retención y las retenciones soportadas, que sustentan los montos de los créditos fiscales, acumulados de retenciones en exceso correspondientes a los seis (6) meses anteriores a la solicitud
b) En los casos de retenciones aplicadas a operaciones de tarjetas de débito y crédito:
Detalle del reporte de ventas que emite el punto de venta (POS) o la entidad administradora de tarjetas de débito y crédito, y las retenciones soportadas, que representan los montos de los créditos fiscales acumulados de retenciones en exceso
En ambos casos la información debe ser presentada desglosando la siguiente información:
- RUC y D.V. del agente de retención o retenido
- Nombre o razón social del agente de retención o retenido
- Número de factura
- Fecha de la factura
- Monto gravado
- ITBMS causado
- ITBMS retenido.
- Monto total de la factura
3) Copia de todos los certificados de retención, emitidos por los agentes de retención del ITBMS, que sustenten el valor total del monto del crédito fiscal acumulado.
Si el solicitante es persona natural deberá presentar la solicitud dirigida al Director General de Ingresos, con copia de la cédula de identidad personal y con los demás requisitos antes señalados.
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99-225- Solicitud de devolución de valores indebidamente retenidos en el ITBMS, persona natural.
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Solicitud dirigida al Director General de Ingresos
Copia de las cédulas de identidad personal del contribuyente
Copia de todos los certificados de retención emitidos por el agente de retención que sustenten el valor total del monto solicitado para la devolución
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-226- Solicitud de devolución de valores indebidamente retenidos en el ITBMS, persona jurídica.
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Memorial presentado a través de apoderado legal, acompañado del poder de abogado y aceptación debidamente notariado; copia de las cédulas de identidad personal del representante legal y del apoderado; y original del certificado del Registro Público del agente de retención actualizado
Copia de todos los certificados de retención emitidos por el agente de retención, que sustenten el valor total del monto solicitado para la devolución
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-227- Reconocimiento de crédito fiscal generado por retenciones del ITBMS y su aplicación mediante compensación.
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Requisitos de Forma:
Memorial presentado a través de apoderado legal, en caso de ser persona jurídica, con la explicación detallada de las razones por las cuales solicita el reconocimiento del crédito fiscal, generado por las retenciones del ITBMS y la aplicación mediante compensación de saldos pendientes, debidamente motivada y sustentada;
Poder debidamente notariado;
Copia de las cédulas de identidad personal del representante legal y del apoderado;
Certificación expedida por el Registro Público que acredite la existencia, vigencia y representación legal de la sociedad
Requisitos de Fondo:
Auxiliar contable, en formato en excel (desbloqueado), y en medio magnético, que detalle:
a) En los casos de retenciones aplicadas a las facturas o gestiones de cobro al Estado:
Detalle de las facturas o gestiones de cobro emitidas con las retenciones realizadas, debidamente sustentadas.
b) En los casos de retenciones aplicadas a operaciones de tarjetas de débito y crédito:
Detalle del reporte de ventas que emite el punto de venta (POS) o la entidad administradora de tarjetas de débito y crédito, y las retenciones soportadas, que representan los montos acumulados de retenciones en exceso.
En ambos casos la información debe ser presentada desglosando la siguiente información:
- RUC y D.V. del agente de retención o retenido
- Nombre o razón social del agente de retención o retenido
- Número de factura
- Fecha de la factura
- Monto gravado
- ITBMS causado
- ITBMS retenido
- Monto total de la factura
Copia de todos los certificados de retención emitidos por los agentes de retención del ITBMS, que sustenten el valor total del monto del crédito fiscal acumulado
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo, la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-228- Inscripción de número tributario (NT), persona jurídica extranjera, venta de inmueble.
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Poder o solicitud debidamente firmada por el representante legal según artículo 170 del CPT (Código De Procedimiento Tributario)
Copia de cédula o generales de pasaporte vigente del comprador y vendedor
Contrato de compraventa de inmueble notariado, firmado por el vendedor y el comprador. El contrato debe estar en idioma español; de no ser así, debe ser traducido por un traductor público autorizado y apostillado
Certificado de constitución de la sociedad o documento emitido por la autoridad competente del país de origen de la sociedad debidamente legalizado y que demuestre la existencia, representación legal de la sociedad. El documento debe estar en idioma español; de no ser así, deberá ser traducido por un traductor público autorizado y apostillados
Copia vigente de cédula o generales del pasaporte del representante legal de la sociedad
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
Todas las solicitudes de inscripción deben tener la siguiente clausula:
Declaro bajo la gravedad de juramento y con pleno conocimiento de las sanciones que la ley impone por proporcionar la información relativa a lo establecido en el código de procedimiento tributario que la información contenida de mi domicilio tributario (ubicación) es correcta.
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99-229- Solicitud de número tributario (NT) persona jurídica: Fideicomiso por bien mueble.
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Poder o solicitud debidamente firmada por el representante legal según artículo 170 del CPT (Código De Procedimiento Tributario)
Escritura pública o contrato de fideicomiso del bien mueble
Copia de cédula o generales de pasaporte vigente del representante legal o persona que comparece como fideicomitente
Contrato de compraventa de bien mueble notariado, firmado por el vendedor y el comprador. El contrato debe estar en idioma español; de no ser así, debe ser traducido por un traductor público autorizado y apostillado
Copia de cédula vigente de comprador y vendedor
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-230- Solicitud de compensación de créditos, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Copia vigente de cédula e idoneidad del apoderado legal
Memorial de solicitud de compensación de crédito, firmado por el apoderado legal, detallando los créditos disponibles sujetos a compensación, explicando cómo se origina el crédito, las boletas de pago del impuesto y detalle de los débitos/impuestos a donde va a ser aplicada la compensación (deben existir los débitos)
Copia vigente de cédula o pasaporte del representante legal
Certificación original vigente emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad vigente
Si la compensación se basa en créditos de impuesto sobre la renta por enajenación de bienes inmuebles y muebles (ISR-EBIM), copias de las escrituras de compras o adquisición de inicial del bien inmueble
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-231- Solicitud de cesión de créditos, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Copia vigente de cédula e idoneidad del apoderado legal
Memorial de solicitud de cesión de crédito fiscal, explicando con detalle el monto a cesionar; especificando en qué impuesto se encuentra acreditado y especificar en detalle los datos del cesionario y los débitos a donde va a ser aplicada la cesión, firmado por el apoderado legal (deben existir los débitos)
Copia vigente de cédula o pasaporte del representante legal
Convenio de cesión entre las partes, debidamente firmado por los representantes legales
Copia de cédula del representante legal de la sociedad a cesionar, si es una persona jurídica, o copia de cédula si es persona beneficiaria de la cesión
Certificación original vigente por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad jurídica que cede el crédito
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-232- Solicitud de compensación de créditos, persona natural.
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Memorial de solicitud de compensación de crédito, firmado por el contribuyente, detallando los créditos disponibles sujetos a compensación, explicando cómo se origina el crédito, las boletas de pago del impuesto y detalle de los débitos/impuestos, a donde va a ser aplicada la compensación (deben existir los débitos)
Copia vigente de cédula o pasaporte del contribuyente
Si la compensación se basa en créditos de impuesto sobre la renta por enajenación de bienes inmuebles y muebles (ISR-EBIM), copias de las escrituras de compras o adquisición de inicial del bien inmueble
Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Copia vigente de cédula e idoneidad del apoderado legal
Memorial de solicitud de cesión de crédito fiscal, explicando con detalle el monto a cesionar, especificando en que impuesto se encuentra acreditado y especificar en detalle, los datos del cesionario y los débitos a donde va a ser aplicada la cesión, firmado por el apoderado legal (deben existir los débitos)
Copia vigente de cédula o pasaporte del representante legal
Convenio de cesión entre las partes, debidamente firmado por los representantes legales
Copia de cédula del representante legal de la sociedad cesionaria, si es una persona jurídica, o copia de cédula si es persona natural, la beneficiaria de la cesión
Si la compensación se basa en créditos de impuesto sobre la renta por enajenación de bienes inmuebles y muebles (ISR-EBIM), copias de las escrituras de compras o adquisición de inicial del bien inmueble
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-233- Solicitud de reconocimiento de incentivos fiscales para empresas establecidas en Panamá- Pacífico.
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Poder otorgado por el representante legal del solicitante a favor de abogado idóneo en la República de Panamá
Solicitud dirigida a la Dirección general de Ingresos (DGI), detallando los impuestos cuya exoneración solicitan, así como la relación de los hechos que sirven de antecedentes y el correspondiente fundamento legal de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1201 del Código Fiscal. También deberá incluir información de contacto como número de teléfono y correo electrónico
Copia autenticada del pasaporte o cédula de identidad personal del representante legal
Certificado de persona jurídica emitido por el Registro Público
Original de la certificación de la Agencia Panamá Pacífico donde se haga constar la siguiente información:
- La inscripción de la empresa en el Área Económica Especial Panamá Pacífico
- Vigencia del contrato con el desarrollador
- Las actividades aprobadas al solicitante para ser desarrolladas dentro del Área Económica Especial Panamá-Pacífico
- Ubicación física del solicitante dentro del Área Económica Especial Panamá-Pacífico
Copia autenticada de la resolución de la Agencia Panamá Pacífico, donde se ordena la inscripción del solicitante en el registro de empresas de Panamá Pacífico
Paz y salvo emitido por la Dirección General de Ingresos del impuesto que desee, se le reconozca el incentivo
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-234- Solicitud de reconocimiento de incentivos fiscales establecidas en Colón Container Terminal.
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Poder otorgado por el representante legal del solicitante a favor de abogado idóneo en la República de Panamá
Solicitud dirigida a la Dirección General de Ingresos (DGI), detallando los impuestos cuya exoneración solicitan, así como la relación de los hechos que sirven de antecedentes y el correspondiente fundamento legal de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1201 del Código Fiscal. También deberá incluir información de contacto como número de teléfono y correo electrónico
Certificado del Registro Público de la sociedad
Certificación emitida por Colón Container Terminal, S.A., en la que se acredita al contribuyente como subsidiaria o afiliada, debidamente notariada
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-235- Solicitud de reconocimiento de incentivos fiscales para empresas SEM / EMMA.
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Poder otorgado por el representante legal del solicitante a favor de abogado idóneo en la República de Panamá
Solicitud dirigida a la Dirección General de Ingresos (DGI) detallando los impuestos cuya exoneración solicitan, así como la relación de los hechos que sirven de antecedentes y el correspondiente fundamento legal de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1201 del Código Fiscal. También deberá incluir información de contacto como número de teléfono y correo electrónico
Certificado del Registro Público de la sociedad
Copia cotejada ante notario público, de la resolución emitida por la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias de Sedes de Empresas Multinacionales
Certificación de registro como Empresa SEM / EMMA de la sociedad, emitida por el Ministerio de Comercio e Industria
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales del mismo la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-236- Solicitud de exoneración del ITBMS para Centros de Llamadas (Call Center).
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Poder otorgado por el representante legal del solicitante a favor de abogado idóneo en la República de Panamá
Solicitud dirigida a la Dirección General de Ingresos (DGI), detallando los impuestos cuya exoneración solicitan, así como la relación de los hechos que sirven de antecedentes y el correspondiente fundamento legal de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1201 del Código Fiscal. También deberá incluir información de contacto como número de teléfono y correo electrónico
Certificado del Registro Público de la sociedad
Copia, cotejada ante notario público, de la resolución emitida por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP)
Copia del aviso de operaciones
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales de este la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-237- Solicitud de exoneración del impuesto sobre la renta por dedicarse para la actividad de reforestación.
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Poder otorgado por el representante legal del solicitante a favor de abogado idóneo en la República de Panamá
Solicitud dirigida a la Dirección General de Ingresos (DGI), detallando los impuestos cuya exoneración solicitan, así como la relación de los hechos que sirven de antecedentes y el correspondiente fundamento legal de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1201 del Código Fiscal. También deberá incluir información de contacto como número de teléfono y correo electrónico
Certificado del Registro Público de la sociedad
Copia, cotejada ante notario público, de la certificación de inscripción en el registro forestal
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante, no requiere presentar poder notariado.
La copia del pasaporte que se solicita es de las generales de este la cual debe ser legible y se debe observar claramente la información del mismo.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-238- Solicitud de inscripción de sociedad de inversión inmobiliaria.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI)
Copia autentica de la resolución de la Superintendencia del Mercado de Valores, autorizando el registro de la sociedad de inversión inmobiliaria de que se trate
Constancia que los valores de la sociedad de inversión inmobiliaria registrada, están listados en una bolsa de valores u otro mercado organizado. En caso de valores listados en las bolsas de valores, certificación de dicha entidad
Certificación expedida por la Superintendencia del Mercado de Valores, mediante la cual se haga constar que al cierre del año fiscal que corresponda dicha sociedad, está registrada en la Superintendencia del Mercado de Valores, salvo que se trate de una sociedad de inversión inmobiliaria constituida durante el año fiscal, en que se registró en la Superintendencia del Mercado de Valores, en cuyo caso solo deberá presentar esta certificación para el año en curso
Tres ejemplares del prospecto informativo u otro instrumento de oferta de venta de las acciones o cuotas de participación de la sociedad de inversión inmobiliaria de que se trate
Declaración jurada correspondiente a lo efectuado en el período inmediatamente anterior, según lo establecido en el artículo 122-C del presente Decreto Ejecutivo
Trámite gratuito
Si el contribuyente se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-239- Solicitud de inscripción de sociedad subsidiaria de la sociedad de inversión inmobiliaria.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI).
Copia autenticada de las acciones de la sociedad subsidiaria, en la cual se observe que la sociedad de inversión inmobiliaria es la propietaria de las acciones
Pacto social de la sociedad subsidiaria
Autorización del representante legal de la sociedad de inversión inmobiliaria, autorizando la inscripción de la sociedad subsidiaria
Certificado del Registro Público de la sociedad subsidiaria
Declaración jurada del representante legal de la subsidiaria, por medio de la cual declara que la sociedad es subsidiaria de la sociedad de inversión inmobiliaria
Copia autenticada de la resolución por medio de la cual se inscribe a la sociedad de inversión inmobiliaria
Trámite gratuito
Si el contribuyente se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado no requiere presentar poder notariado.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-240- Certificación de Registro Único de Contribuyente (RUC).
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Poder notariado si es persona jurídica
Memorial dirigido al director de la Dirección General de Ingresos (DGI)
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá, que acredite la existencia de la sociedad, si es persona jurídica
Trámite gratuito
Esta solicitud puede realizarla en línea o de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-241- Certificación de No Defraudación, persona natural.
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Memorial explicativo, firmado por el solicitante, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI).
Copia vigente de cédula del solicitante
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-242- Certificación de No Defraudación, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un apoderado legal
Memorial explicativo, firmado por el apoderado legal, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI)
Certificado de Registro Público de la sociedad
Trámite gratuito
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
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99-243- Solicitud de exoneración del impuesto de inmueble para los usuarios de la Zona Libre de Colón, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo, dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la Exoneración del Impuesto de Inmuebles, firmado por el apoderado. El mismo debe indicar, número de teléfono del domicilio y correo electrónico
Copia vigente de cédula o pasaporte del representante legal
Copia de cédula y copia del carnet de idoneidad del abogado
Certificado original vigente emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios
Certificado original vigente emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble y el Título Constitutivo de Dominio
Certificado emitido por la Zona Libre de Colón que acredite la clave de operación del solicitante, el inmueble se encuentra ubicado en la Zona Libre de Colón y se encuentra Paz y Salvo en los arrendamientos con la Zona Libre de Colón
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax 2.0 o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-244- Solicitud de exoneración del impuesto de transferencia de bienes inmuebles (2%), usuarios de la Zona Libre De Colón, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la Exoneración del Impuesto de Transferencia del Bien Inmueble, firmado por el apoderado. El mismo debe indicar, número de teléfono residencial y correo electrónico
Copia vigente de cédula o pasaporte del representante legal
Copia de cédula y copia del carnet de idoneidad del abogado
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios, vigente
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá con las generales del inmueble, vigente
Certificado emitido por la Zona Libre de Colón que acredite la clave de operación del solicitante, el inmueble se encuentra ubicado en la Zona Libre de Colón, se encuentra Paz y Salvo en los arrendamientos con la Zona Libre de Colón y la autorización por parte de la Zona Libre para el traspaso del inmueble
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios, del comprador del inmueble, vigente
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax 2.0 o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-245- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble Colón Puerto Libre ubicado en el Casco Antiguo de la ciudad de Colón, persona natural.
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Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la Exoneración del Impuesto de Inmuebles, firmada por el apoderado El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del propietario de inmueble
Certificación emitida por la Secretaría Ejecutiva de Colón Puerto Libre, donde certifican que el inmueble se encuentra ubicado dentro de los límites geográficos de la isla de manzanillo donde se circunscribe el régimen del Sistema Especial de Puerto Libre para la Provincia de Colón
Certificación emitida por la Dirección nacional de Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura de Panamá, donde se certifique que el proyecto cumplió con los requisitos exigidos por la Ley del Conjunto Monumental Histórico del Casco Antiguo de la Ciudad de Colón
Certificación de Permiso de Ocupación expedido por Dirección de Planificación, Arquitectura e Ingeniería Municipal del Municipio de Colón
Copia simple de la Escritura donde la sociedad declara mejoras del Inmueble o Certificación emitida por el Registro Público de Panamá donde conste las mejoras
Certificación original emitida por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia, sus dignatarios y representante legal
Trámite gratuito
Si el contribuyente no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero mediante una autorización notariada.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Este trámite puede solicitarlo de forma presencial por el contribuyente en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Se podrá realizar en la oficina regional donde está ubicada la propiedad.
En caso de no tener las escrituras presentar el certificado original de propiedad emitido por el registro público de Panamá, detallando: el número de inmuebles, fecha de adquisición, nombre de los propietarios, quien declara las mejoras, fechas de las mejoras, valor del terreno, valor de las mejoras y valor total del inmueble.
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99-246- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble Colón Puerto Libre ubicado en el Casco Antiguo de la Ciudad De Colón, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la Exoneración del Impuesto de Inmuebles, firmada por el apoderado El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico
Copia de cédula vigente o pasaporte del representante legal
Copia de cédula vigente y copia carnet de idoneidad del abogado
Certificación emitida por la Secretaría Ejecutiva de Colón Puerto Libre, donde certifican que el inmueble se encuentra ubicado dentro de los límites geográficos de la isla de manzanillo donde se circunscribe el régimen del Sistema Especial de Puerto Libre para la Provincia de Colón
Certificación emitida por la Dirección nacional de Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura de Panamá, donde se certifique que el proyecto cumplió con los requisitos exigidos por la Ley del Conjunto Monumental Histórico del Casco Antiguo de la Ciudad de Colón
Certificación de Permiso de Ocupación expedido por Dirección de Planificación, Arquitectura e Ingeniería Municipal del Municipio de Colón
Copia simple de la Escritura donde la sociedad declara mejoras del Inmueble o Certificación emitida por el Registro Público de Panamá donde conste las mejoras
Certificación original emitida por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia, sus dignatarios y representante legal
Trámite gratuito
Si el representante legal se presenta con su abogado no requiere de poder notariado.
Si el representante legal se presenta con el poder del apoderado legal, este no requiere estar notariado.
Si el representante legal es abogado solicitante no requiere presentar poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Una vez presentados y validados los documentos que acompañan la solicitud, la Dirección General de Ingresos (DGI), podrá verificar mediante inspección ocular a la finca objeto de la exoneración.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax 2.0 o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero por medio de una nota simple.
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99-247- Solicitud de exoneración de impuesto de inmueble sobre las mejoras, título constitutivo de dominio, persona jurídica.
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Poder notariado otorgado por el representante legal a un abogado
Memorial explicativo dirigido a la Dirección General de Ingresos (DGI); solicitando la exoneración del impuesto de inmuebles, firmado por el apoderado El mismo debe indicar, número de teléfono y correo electrónico, firmado por el apoderado legal
Copia de la escritura pública del Inmueble, con sellos de mejoras y venta
Copia de cédula vigente o pasaporte del Representante Legal
Copia de cédula vigente e idoneidad del abogado
Certificado original emitido por el Registro Público de Panamá que acredite la existencia de la sociedad y sus dignatarios, vigente
Copia Autenticada del Auto emitido por el Juzgado Civil, que establece el Título Constitutivo de Dominio
Copia de la Escritura Pública de la Declaración de Mejoras en el Registro Público de Panamá, con su respectivo sello de inscripción
En caso de que la escritura no lo detalle el permiso, presentar copia de los permisos de construcción y ocupación emitido por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales del área en donde esté ubicado el inmueble
Trámite gratuito
Si el apoderado legal no puede realizar el trámite, este podrá autorizar a un tercero a realizar el mismo, mediante poder notariado.
El contribuyente deberá presentar copia de los documentos para el acuse de recibido.
Esta solicitud puede realizarla ingresando a la página dgi.mef.gob.pa – e-Tax 2.0 o por el apoderado legal en la sede u oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI).
Este trámite se podrá realizar en la oficina regional donde está ubicada la propiedad.
En caso de no tener la(s) escritura(s), presentar el certificado original de propiedad emitido por el Registro Público de Panamá, detallando: el número de inmueble, fecha de adquisición, nombre de los propietarios, quien declara las mejoras, fecha de las mejoras, valor del terreno, valor de las mejoras, valor total del inmueble y régimen de Propiedad Horizontal.
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