Mediante la Ley 76 de 2019 se crea el Código de Procedimiento Tributario, que establece un nuevo régimen sancionador de las infracciones administrativas, señalando
que estamos ante una evasión fiscal administrativa (infracción administrativa) cuando el monto evadido sea inferior a B/. 300,000.00, que será competencia de la
Administración Tributaria, y que estamos ante una defraudación fiscal penal (delito) cuando el monto evadido o defraudado es igual o superior a B/. 300,000.00,
siendo competencia del Ministerio Público.
A partir del año 2019, la Dirección General de Ingresos conformó un equipo de profesionales en materia procesal, administrativa y penal que en conjunto realizan
las investigaciones correspondientes a fin de determinar la existencia de casos por evasión fiscal administrativa y defraudación fiscal en nuestro país, con la
finalidad de garantizar transparencia en materia fiscal y el cumplimiento de las obligaciones del contribuyente. Este equipo recibe de manera constante capacitaciones
y colaboraciones interinstitucionales, cuyo objetivo es el mejoramiento e intercambio de información a fin de mejorar los resultados en la persecución de los delitos
relacionados con el blanqueo de capitales, delincuencia organizada y la evasión fiscal.
Como resultado de las investigaciones realizadas en esta sección, se han detectado múltiples casos por defraudación fiscal los cuales han sido remitidos a la esfera penal,
asegurando el cumplimiento de la normativa y el compromiso de lucha contra este delito en Panamá.
