De acuerdo con la Resolución Nº. MEF-RES-2019-598 de 20 de marzo de 2019, por la cual se aprueba el manual de organización y funciones de la Dirección General de Ingresos, el Departamento Jurídico Tributario, cuenta con cuatro (4) secciones, Litigio, Jurídico, Prescripciones y Notificaciones y la de Defraudación. Dentro de las funciones que tiene este Departamento, se encuentra, la de establecer mecanismos para la formulación de las denuncias a que hubiere lugar por la comisión de ilícitos en materia tributaria y demás que disponga la Dirección General de Ingresos, coordinar el trámite de las solicitudes de consultas, peticiones, recursos de reconsideración y cualquier acto administrativo, que ingresan y egresan a este, cumpliendo con los reglamentos vigentes.
Además, como uno de sus objetivos del Departamento Jurídico Tributario, podemos mencionar, la de mantener actualizado los registros de ingreso, reparto, manejo, localización, salida y uso eficaz de la información, para una mejor relación Fisco contribuyente.
Con la finalidad de poder brindar una mejor atención a los obligados tributarios, cada sección del Departamento Jurídico Tributario, tiene un rol, de acuerdo con su competencia, estableciendo requisitos a cada solicitud, petición, garantizando de esta forma, el debido proceso de los trámites que se llevan a cabo.