
Miércoles, 11 de Febrero de 2026
-Ley del Precio Total- La obligación de emitir la factura fiscal, se mantiene con la entrada en vigencia de la Ley No. 473 de 2025
La Dirección General de Ingresos (DGI) informa a los contribuyentes, de cara a la implementación de la Ley No. 473 de 19 de junio de 2025, que dicta normas sobre Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, y que establece para los comercios la obligación de exhibir el precio total de los bienes y servicios, incluyendo impuestos, tasas y cualquier otro cargo aplicable, que dicha normativa, no modifica en ningún aspecto la forma en que debe emitirse la factura fiscal vigente en el país.
La Ley No. 473 está orientada a impulsar la transparencia de la información para los compradores y entrará en vigencia el 19 de junio de 2026. Durante este período, instituciones regentes del comercio, además de la ACODECO y la DGI, informan a la ciudadanía sobre la aplicación de la norma, con el fin de solventar dudas previas a su entrada en vigor.
La DGI comunica que la obligación de exhibir el precio total de los bienes y servicios, incluyendo los impuestos y tasas relacionadas con la transacción en los comercios, no implica cambio alguno en el formato ni en el contenido de la factura fiscal que recibe el comprador. Asimismo, se mantiene la obligación de los comercios o de la persona que presta el servicio de expedir la factura a quienes adquieren el bien o servicio.
En el tema tributario, la DGI reafirma que el Decreto Ejecutivo No. 84 de 2005 se mantiene vigente y señala que, entre los requisitos esenciales de factura que se entrega a la ciudadanía, se encuentra el desglose del ITBMS, así como del ISC (Impuesto Selectivo al Consumo).
Además, la factura fiscal deberá tener la descripción de la operación efectuada, la cantidad, el precio unitario, el monto total, las condiciones acordadas para el pago, el logotipo de la DGI, la información RUC y el domicilio del comercio o de la persona que emite el documento. En el caso de las facturas electrónicas, éstas deberán incluir un código QR que permita verificar su validez, entre otros requisitos.
Para más información, visite el portal web https://dgi.mef.gob.pa, las redes sociales @dgipma en Instagram, así como las oficinas principales de la Dirección en la ciudad capital y las Administraciones Provinciales de Ingresos en las provincias del interior del país.
