Los agentes de retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS), son empresas
que deben practicar la retención de este impuesto, a quienes sean o no contribuyentes del ITBMS, y cumplan en el periodo fiscal inmediatamente
anterior con el criterio de compras locales anuales de bienes y servicios iguales o superiores a B/. 3,000,000.00 millones que corresponden
a Grandes Compradores.
Estos Grandes Compradores deberán practicar una retención del 50% del ITBMS incluido en la factura o documento equivalente que reciban de sus proveedores
y reportar y liquidar el monto retenido mensualmente mediante el formulario 4331. Esto se exceptúa en el caso que dicho proveedor
sea a su vez un Gran Comprador.
Entre las obligaciones de los agentes de retención están:
a) Los agentes de retención de ITBMS deberán retener el 50% del ITBMS incluido en la factura de compra.
b) Deberán presentar la Declaración Jurada de Retención de ITBMS (Form. 4331) y realizar el pago de la suma retenida. Todo esto se debe hacer
a más tardar los días 15 del mes siguiente al que practicaron la retención del ITBMS.
c) Deben expedir el certificado por las retenciones practicadas en cada mes, a fin de que sus proveedores puedan documentar el crédito fiscal.
Normativa
Decreto Ejecutivo N° 173 de 1 de septiembre de 2021
DESCARGAR DOCUMENTO
Decreto Ejecutivo No. 84 de 26 de agosto de 2005.
