Concepto
Es la sección que se encarga de los trámites de Cancelación de Ruc, Cancelación de la Obligación de Declarar Renta e ITBMS, Registro de miembros de Ampyme, Estabilidad Jurídica, Cambio de Período Fiscal y Aviso de Operaciones.Cancelación de Obligación:
El concepto de Cancelación de Obligación no es más que las solicitudes que hacen los contribuyentes para cancelar una obligación que no tienen que tributar, ya sea por ley o por cese o disolución de actividades.Este trámite de Cancelación de Obligación, podemos iniciar con el registro de obligación que realiza el contribuyente cuando se inscribe en el RUC en la DGI, los cuales pueden ser Impuesto sobre la Renta, ITBMS (7%), 50% de Retención de ITBMS, etc.
Una vez los contribuyentes quedan registrados en el sistema, solicitan la Cancelación de Obligación de los diferentes impuestos por las siguientes razones:
Asalariados, médicos, actividades de la salud humana, actividades agropecuarias, sociedades Offshore, asociaciones sin fines de lucro, fundaciones, actividades independientes, zona libre, comerciantes exentos de la presentación de declaraciones de renta e itbms, sociedades civiles, cooperativas etc. Este trámite se realiza debido a que el sistema e-tax 2 no reconoce las actividades y les solicita a los contribuyentes que presenten dichas declaraciones, por lo que, si los mismos están exento de la presentación de estas declaraciones, ellos suben por el sistema la solicitud de cancelación de obligación, ya sea por error en la inscripción, cese de actividades, o disolución de sociedades.
Además de la cancelación de obligación también se activan en el sistema trámites de incentivos como lo son la Ley 33 de Ampyme, estabilidad jurídica, etc.
Los trámites de cancelación de Ruc, Renta e ITBMS el contribuyente las solicita por las siguientes razones:
1. El sistema le habilita las obligaciones al contribuyente tomando como referencia el monto y no por actividad comercial, la cual aparece en la cuenta del contribuyente, ACTIVA.
Cambio de Preiodo Fiscal
En cuanto a los Cambio de Período Fiscal, estos se asignan en la Sección de Cancelación de Obligaciones, los cuales se refieren a sociedades que por la naturaleza de sus actividades requieren de cambios en la presentación de la declaración de renta para poder consolidar los estados financieros con las demás sociedades que pertenece a un grupo económico.Esta Sección se encarga de aplicar programas de fiscalización y auditoría en los casos de las solicitudes de cambio de período fiscal, de acuerdo con los planes, procesos y procedimientos establecidos.
Funciones:
- Resolver las solicitudes de cambio de período fiscal, mediante la aplicación de programas de fiscalización, para determinar el tratamiento fiscal en cada caso.- Evaluar la validez de las solicitudes presentadas por los contribuyentes a través de la aplicación de los procedimientos de auditoría.
- Decidir acerca de la procedencia o no de las solicitudes de eliminación de declaraciones estimadas.
- Suministrar la información a los Departamentos o Secciones pertinentes, relacionadas con las decisiones que afecten la condición del respectivo contribuyente.