Paz y Salvo
Debe ingresar al sistema e-Tax con su RUC y NIT, buscar el ícono de Cuenta Corriente, luego dar click en Consultar Cuenta Corriente. Luego de pagar la morosidad, podrá emitir el paz y salvo.
Todos los trámites en la DGI son gratuitos. Para obtener el paz y salvo de Persona Natural debe traer fotocopia de cédula y llenar un formulario que le entregan en recepción.
Cuando tiene pendiente saldos morosos y declaraciones pendientes por presentar.
Los paz y salvo los autentica el Departamento Jurídico de la Dirección General de Ingresos. Debe aportar memorial explicativo, cédula del solicitante o del presentante legal si es Persona Jurídica. La documentación debe ser presentada en la sección de archivo y correspondencia de la DGI.
Para verificar los paz y salvo, debe ingresar al e-Tax 2.0, seleccionar la opción de Certificaciones y hacier click en Verificar autenticidad de paz y salvo. Se debe ingresar el número de documento, fecha de validez y número de control.
El Paz y Salvo Natural vence de la siguiente manera si lo emitió en diciembre vence Marzo, si lo emitió en marzo vence en junio, si lo emitió en junio vence en septiembre, si lo emitió en septiembre vence en diciembre.
Los extranjeros que tienen RUC NT, pueden obtener su paz y salvo siempre y cuando no tengan morosidad y estén al día en las declaraciones presentadas.
El extranjero puede solicitarlo igualmente ante la Dirección General de Ingresos, el cual certificará que no tiene deudas con el fisco.
Debe ingresar con su Número de Identificación Tributaria (NIT) y una vez haya accedido podrá solicitarlo y utilizarlo por el término de vigencia que así disponga. En ambos casos, el procedimiento es similar.
El Certificado de Paz y Salvo se limita a hacer constar que usted no mantiene deudas con el fisco, en caso de encontrarse sin morosidad se le extenderá el mismo sin inconvenientes.
Debe presentar una Solicitud de Corrección de Cuenta Corriente. Mientras se realiza la corrección, y necesita paz y salvo, puede solicitar un Paz y Salvo Refrendado. Los documentos se entregan en Sección de Correspondencia.
En ese caso no podrá emitir el paz y salvo, ya que le saldrá una anotación que está Omiso.
